La Posesión.

En el derecho romano se comenzó a regular por primera vez la propiedad de forma separada a la posesión. Podemos considerar la posesión como el poder de hecho que se ejerce sobre una cosa, se tenga o no derecho sobre ella, con el ánimo de poseerla como dueño.

La posesión tiene dos elementos fundamentales para configurarse, estos son el corpus, que es la cosa en si y el animus rem sibi habendi que es la intención de comportarse como su dueño que a diferencia de la tenencia en la cual el tenedor reconoce que la propiedad del objeto es de otra persona.

La ley contempla supuestos que intenta impedir, la posesión de mala fe, pero muchas veces el poseedor es beneficiado igualmente ordenamiento jurídico al momento de probar su derecho sobre la cosa poseída.