Sujetos en el contrato de compraventa.

Los sujetos del contrato pueden ser cualquier persona física o moral con capacidad jurídica, y de obrar, necesaria para obligarse. La capacidad en derecho se subdivide en capacidad de goce (la aptitud jurídica para ser titular de derechos subjetivos, comúnmente denominada también como capacidad jurídica) y capacidad de ejercicio o de obrar activa o pasiva (aptitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones sin asistencia ni representación de terceros, denominada también como capacidad de actuar).