Clasificacion del contrato de mandato

Contrato unilateral.
En un principio solo obliga al mandatario, aunque la naturaleza del contrato pueden originar también obligaciones para el mandante, según la doctrina cuando el mandato es remunerado sera considerado bilateral.

Contrato Consensual.
Es consensual en oposición a formal en pocas ocasiones, ya que el mandato será verbal cuando el negocio para el que se otorgue no exceda un porcentaje de salarios mínimos general determinados al momento de otorgarse.

Oneroso o Gratuito.
Aunque por su naturaleza es gratuito puede ser oneroso pues no se estipula que no pueda ser remunerado.

De ejecución instantánea o de tracto sucesivo.
Sus efectos pueden o no extenderse en el tiempo.

Principal.
El mandato engendra obligaciones principales no necesita de otro contrato para subsistir.