Terminacion del contrato de comodato

El contrato de mandato termina por:

  • Por haber culminado el objeto principal por el cual se celebro el contrato de mandato.
  • Por la expiración del término o por el cumplimiento de la condición previamente fijado para la terminación del contrato.
  • Por la revocación del mandante, es decir, que este decide nombrar a otro mandatario.
  • Por la renuncia del mandatario, en este caso el mandatario será responsable de los perjuicios que esto le cause a su mandante.
  • La muerte del mandante o del mandatario. Cuando se trata de la muerte del mandate se termina el mandato, pero si esto causa perjuicio a los herederos el mandatario debe culminar su labor. El mandato no se extingue por la muerte del mandante cuando se ha encomendado ejecutarse labor después de dicha muerte, en este caso las obligaciones y derechos que confiere el mandato al mandante son a cargo de los herederos.
  • Por la quiebra o la insolvencia del uno o del otro.
  • Por la interdicción de cualquiera de los dos.
  • Por la cesación de las funciones del mandante, si el mandato ha sido dado en ejercicio de ellas.