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Causas de terminacion del mandato judicial

Este tipo de mandato concluye al presentarse alguna de las causas de terminación de los contratos en general ademas de los siguientes casos específicos:

  • Por separarse el poderdante de la acción u oposición que haya formulado.
  • Por haber terminado la personalidad del poderdante;
  • Por haber transmitido el mandante a otro sus derechos sobre la cosa litigiosa, en cuanto la transmisión o cesión sea debidamente notificada y se haga constar en autos;
  • Por hacer el dueño del negocio alguna gestión en el juicio, manifestando que revoca el mandato;
  • Por nombrar el mandante otro procurador para el mismo negocio.

Consecuencias jurídicas para el procurador.

El procurador que acepte el mandato judicial estará obligado:

  • A continuar el juicio por todas sus instancias siempre y cuando no exista una causa de terminación en su encargo por alguna de las causas expresadas en la ley.
  • A pagar los gastos que se generen a su instancia.
  • El procurador o abogado que acepte el mandato de una de las partes no puede admitir el del contrario, en el mismo juicio, aunque renuncie el primero.

Constitucion del mandato judicial

Para que el mandato judicial tenga efectos jurídicos tendrá que ser constituido mediante contrato solemne el cual podrá ser:

Mediante Escritura pública. Es otorgada ante notario publico.
Declaración escrita del mandante. Autorizado por el secretario del tribunal.
Abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.
Egresados de Derecho en práctica profesional.
Estudiantes de Derecho de 3º, 4º y 5º año.
Egresados de Derecho que hayan cursado 5º año y hasta 3 años después de haber rendido los exámenes correspondientes.

El mandato se constituye en la primera presentación; la parte debe desarrollarlo acompañando tal presentación con la escritura pública o el acta respectiva, o bien declaración escrita que contenga la designación del mandatario. Si no se constituye, el tribunal ordenará su constitución otorgándole un plazo de 3 días bajo apercibimiento.

Contrato de mandato judicial

El mandato judicial es un contrato que permite que una persona otorgue facultades a otra para que se postule en su nombre ante los tribunales de justicia.

Para actuar en un proceso es necesario tener capacidad para postular, aquel litigante que carezca de tal capacidad deben hacerse representar por alguien que si la tenga, lo que constituye la representación procesal y cuya fuente es el mandato judicial.

Este tipo de contrato otorga a un profesional del derecho poder para representar legalmente y así representarlo en juicio, firmando documentos, ofreciendo pruebas, desistiéndose etc.

Terminacion del contrato de comodato

El contrato de mandato termina por:

  • Por haber culminado el objeto principal por el cual se celebro el contrato de mandato.
  • Por la expiración del término o por el cumplimiento de la condición previamente fijado para la terminación del contrato.
  • Por la revocación del mandante, es decir, que este decide nombrar a otro mandatario.
  • Por la renuncia del mandatario, en este caso el mandatario será responsable de los perjuicios que esto le cause a su mandante.
  • La muerte del mandante o del mandatario. Cuando se trata de la muerte del mandate se termina el mandato, pero si esto causa perjuicio a los herederos el mandatario debe culminar su labor. El mandato no se extingue por la muerte del mandante cuando se ha encomendado ejecutarse labor después de dicha muerte, en este caso las obligaciones y derechos que confiere el mandato al mandante son a cargo de los herederos.
  • Por la quiebra o la insolvencia del uno o del otro.
  • Por la interdicción de cualquiera de los dos.
  • Por la cesación de las funciones del mandante, si el mandato ha sido dado en ejercicio de ellas.

Efectos del Contrato de Mandato

Efectos entre las partes

  • Nace la obligación para el mandatario de cumplir el mandato pactado, ya sea de fprma gratuita o aceptando una retribución. Tambien el mandatario tiene la obligación de rendir cuentas.
  • En caso de que el mandato sea retribuido, nace la obligacion para el mandante de pagar la remuneración que se haya convenido, asi como reembolsarle los gastos al mandatario e indemnizarlo en caso de perjuicio que haya experimentado en el cumplimiento del mandato.

Efectos con respecto a terceros:

  • Por efecto de la representación, todo ocurre al respecto del tercero que haya tratado por intermedio del mandatario como si hubiera tratado el propio mandante.
  • Relaciones entre el mandatario y el tercero.
  • En principio, no existe ninguna relación jurídica entre el mandatario y el tercero. Sin embargo; el mandatario puede comprometer su responsabilidad delictual con respecto al tercero si traspasa sus poderes sin advertir al tercero.

Sujetos en el contrato de mandato

Mandante. Es la persona física o moral que otorga la facultad para realizar los actos juridicos encomendados.

Obligaciones del mandatario
  • Obligación de ejecutar el mandato.
  • Debe ejecutar el mandato personalmente. Si hay sustitución, ésta puede ser amplia o restringida.
  • Se debe sujetar a las instrucciones recibidas del mandante. En caso de que el mandatario no recibiera instrucciones concretas, debe actuar prudentemente, como si se tratara de su negocio propio.
  • Debe rendir cuentas acerca de la ejecución del mandato.

Mandatario. Es la persona que acepta el encargo por que sera el que realice los actos jurídicos.

Obligaciones del mandante.
  • Pagar la retribución convenida.
  • Reembolsar las expensas o gastos que haya realizado el mandatario.
  • Indemnizar al mandatario por los daños y perjuicios que éste hubiera sufrido con motivo del cumplimiento del mandato.