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Garantía de Propiedad

Las garantías de propiedad dan reconocimiento de la propiedad privada que la nación puede establecer sobre las tierras y aguas a favor de los particulares. La propiedad de las tierras y aguas nacionales corresponde originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ella a los particulares constituyendo la propiedad privada. 

La expropiación, solo se hará en utilidad publica y con indemnización. La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público.
 
En el derecho mexicano, la garantía de propiedad se encuentra protegida por diversas disposiciones legales, que buscan asegurar que las personas puedan ejercer sus derechos sobre sus bienes y propiedades sin ser objeto de violencia o expropiación injustificada. A continuación, se presentan algunos ejemplos de estas garantías de propiedad en el derecho mexicano:
  • Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Este artículo establece que a ninguna persona se le puede privar de su propiedad, posesión o derechos, sino mediante un juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se respeten las formalidades esenciales del procedimiento y se garantice el derecho de audiencia y defensa.
  • Ley de Expropiación: Esta ley regula el proceso de expropiación de bienes y propiedades, estableciendo que la misma solo puede ser llevada a cabo por causa de utilidad pública o interés social, y siempre que se indemnice al propietario por el valor real de la propiedad.
  • Ley de Propiedad Industrial: Esta ley regula la propiedad intelectual en México, estableciendo las condiciones para el registro de marcas, patentes y otros derechos de propiedad industrial, y protegiendo a los titulares de estos derechos contra el uso no autorizado por parte de terceros.
  • Ley de Derechos de Autor: Esta ley protege los derechos de autor de los creadores de obras literarias, artísticas y científicas, estableciendo que los titulares de estos derechos tienen la exclusividad de su explotación y reproducción, y protegiéndolos contra la piratería y la copia no autorizada.
  • Código Civil Federal: El Código Civil Federal regula las relaciones entre particulares en materia de propiedad, estableciendo las condiciones para la adquisición, posesión y transmisión de bienes, así como las formas de proteger y recuperar la propiedad en caso de violación o usurpación.

Garantías de Igualdad

Garantía de igualdad se refiere a la protección que tiene cualquier persona frente a la discriminación en todas sus formas, incluyendo la igualdad ante la ley y la igualdad en derechos y oportunidades. En otras palabras, se trata de un principio fundamental del derecho mexicano que busca garantizar que todas las personas, sin distinción alguna, tengan acceso a los mismos derechos y oportunidades, y que no sean discriminadas en función de su género, edad, origen étnico, condición social, orientación sexual o cualquier otra característica personal o social.

En la Constitución mexicana las garantías de igualdad se encuentran consagradas en los siguientes artículos:
  • Art. 1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.
  • Art. 2º Derecho de los pueblos y las comunidades indígenas.
  • Art. 4º Igualdad de derechos sin distinción de sexo.
  • Art. 12º Prohibición de títulos nobiliarios.
  • Art. 13º Prohibición de fueros.
Articulo 1.- Establece textualmente “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga ésta Constitución, los cuales no podrán restringirse, ni suspenderse, sino en los casos y en las condiciones que ella misma establece” Este artículo dispone una verdadera garantía de igualdad, puesto que barca a todos los individuos que se encuentren en el territorio nacional, tienen la protección absoluta de las leyes.

Articulo 2.- Reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación, la autonomía, el desarrollo, la igualdad y la no discriminación.

Artculo 4.- Se refiere a la igualdad entre el hombre y la mujer. Al disponer que el varón y la mujer son iguales ante la ley, queda plenamente establecida la igualdad jurídica de las personas.

Articulo 5.- Le otorga libertad a los ciudadanos para elegir el trabajo u oficio que consideren mejor, siempre y cuando este no sea contrario a las leyes, eliminando de esta forma cualquier tipo de esclavitud o trabajo forzado.

Articulo 12.- Dispone que en los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios. En la gran familia mexicana nadie es noble ni tampoco plebeyo, todos los hombres estamos colocados en una misma situación de igualdad social.

Articulo 13.- Establece que nadie puede ser juzgado por leyes privadas ni por tribunales especiales. Ninguna persona puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos. Esta garantía consagra varias garantías de igualdad como son; el que nadie pude ser juzgado por leyes privativas; la de que nadie pude ser juzgados por Tribunales especiales; la de que ninguna persona o corporación pude tener fuero, etc. En este articulo encontramos la máxima expresión en lo que se refiere a igualdad en la legislación Mexicana.
 
En suma, la garantía de igualdad en el derecho mexicano es un principio fundamental que se encuentra plasmado en diversos artículos de la Constitución y que busca proteger a todas las personas de la discriminación en todas sus formas.

 



Clasificación de las garantías individuales

Garantías de Igualdad

Las garantías de igualdad son aquellas que buscan proteger los derechos de todas las personas sin distinción alguna, y promueven la igualdad de oportunidades en la sociedad. Estas garantías están incluidas en la Constitución de muchos países y pueden incluir las siguientes:
  • Igualdad ante la ley: Este derecho garantiza que todas las personas son iguales ante la ley y que ninguna persona puede ser discriminada por su origen étnico, género, religión u orientación sexual.
  • No discriminación: Este derecho garantiza que ninguna persona puede ser discriminada en ningún ámbito de la vida, incluyendo el acceso a empleo, educación, vivienda y servicios públicos.
  • Derecho a la igualdad de oportunidades: Este derecho garantiza que todas las personas tienen derecho a las mismas oportunidades de desarrollo y crecimiento personal, independientemente de su origen socioeconómico, género, raza, religión u orientación sexual.
  • Acceso a la justicia: Este derecho garantiza que todas las personas tengan acceso a la justicia de manera igualitaria, sin importar su condición social o económica.
  • Derecho a la igualdad salarial: Este derecho garantiza que las personas que realizan el mismo trabajo reciban el mismo salario, independientemente de su género o cualquier otra condición personal.
  • Derecho a la protección contra la violencia: Este derecho garantiza la protección contra cualquier tipo de violencia, incluyendo la violencia de género, el acoso y la discriminación.
  • Derecho a la participación política: Este derecho garantiza que todas las personas tienen derecho a participar en la vida política del país, independientemente de su origen socioeconómico, género, raza, religión u orientación sexual. 

Garantías de Libertad

Las garantías de libertad son aquellas que protegen la libertad individual de los ciudadanos y limitan la acción del Estado en su vida privada. Estas garantías están incluidas en la Constitución de muchos países y pueden incluir las siguientes:
  • Libertad de expresión: Este derecho garantiza la libertad de expresar ideas y opiniones sin restricciones, siempre y cuando no se dañe la reputación de terceros ni se incite a la violencia.
  • Libertad de prensa: Este derecho garantiza la libertad de los medios de comunicación para informar y difundir noticias y opiniones sin restricciones, siempre y cuando se respeten las leyes y los derechos de terceros.
  • Libertad de reunión: Este derecho garantiza la libertad de las personas para reunirse y manifestar pacíficamente sus ideas y opiniones.
  • Libertad de culto: Este derecho garantiza la libertad de las personas para practicar cualquier religión o creencia, siempre y cuando no se dañen los derechos de terceros.
  • Libertad de tránsito: Este derecho garantiza la libertad de las personas para moverse dentro del territorio nacional y salir y entrar del país, siempre y cuando se respeten las leyes y los derechos de terceros.
  • Derecho al debido proceso: Este derecho garantiza a las personas el derecho a un juicio justo y a ser oídas en su defensa, con todas las garantías necesarias para asegurar su defensa y protección legal.
  • Presunción de inocencia: Este derecho garantiza que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario y tiene derecho a defenderse en todo momento.

Garantías de seguridad jurídica

Las garantías de seguridad jurídica son aquellas que buscan proteger los derechos de las personas ante la aplicación de la ley, promoviendo la certeza y la predictibilidad en las decisiones judiciales y administrativas. Estas garantías están incluidas en la Constitución de muchos países y pueden incluir las siguientes:
  • Derecho a un juicio justo: Este derecho garantiza que toda persona tenga derecho a un juicio justo, en el que se respeten las garantías procesales y se le permita defenderse de manera efectiva.
  • Derecho a la defensa: Este derecho garantiza que toda persona tenga derecho a ser asistida por un abogado y a presentar pruebas en su defensa.
  • Principio de legalidad: Este principio garantiza que todas las decisiones de la autoridad deben estar basadas en la ley, y que ninguna persona puede ser sancionada sin una ley previa que lo establezca.
  • No retroactividad de la ley: Este principio garantiza que ninguna persona puede ser sancionada por una conducta que no estaba prohibida en el momento en que se llevó a cabo.
  • Certeza jurídica: Este principio garantiza que las decisiones judiciales y administrativas sean claras, precisas y predecibles, para que las personas puedan conocer y planificar su conducta en consecuencia.
  • Derecho a la propiedad: Este derecho garantiza que las personas tienen derecho a la propiedad, y que ninguna persona puede ser privada de ella sin una causa justa y previa indemnización.
  • Derecho a la seguridad jurídica: Este derecho garantiza que las personas pueden confiar en que sus derechos serán protegidos por la ley y que las decisiones judiciales y administrativas serán justas y respetarán sus derechos.

Garantías de propiedad

Las garantías de propiedad son aquellas que protegen el derecho de los individuos a la propiedad privada y su uso legítimo. En general, las garantías de propiedad se encuentran enmarcadas dentro de las garantías de seguridad jurídica y pueden incluir las siguientes:
  • Derecho a la propiedad: Es el derecho fundamental de las personas a poseer y disfrutar de bienes y recursos de manera legal.
  • Protección contra la expropiación: Este derecho protege a los propietarios de la toma de sus propiedades por parte del Estado, a menos que se realice de acuerdo con la ley y se les compense justamente.
  • Protección contra la confiscación: Este derecho protege a los propietarios de la confiscación de sus bienes por parte del Estado sin una justificación legal.
  • Protección contra el despojo: Este derecho protege a los propietarios de la pérdida de su propiedad sin una justificación legal o sin una compensación justa.
  • Libertad de comercio: Este derecho protege la libertad de los propietarios de usar su propiedad para comerciar libremente y establecer contratos.
  • Protección de los derechos de autor y propiedad intelectual: Este derecho protege a los propietarios de las obras intelectuales como las patentes, las marcas registradas y los derechos de autor.

Garantías Sociales

Las garantías sociales son aquellas que protegen los derechos sociales de los ciudadanos y aseguran que el Estado proporcione bienestar y protección a los sectores más vulnerables de la sociedad. Estas garantías están incluidas en la Constitución de muchos países y pueden incluir las siguientes:
  • Derecho a la educación: Este derecho asegura que todas las personas tengan acceso a una educación de calidad y gratuita, independientemente de su situación económica.
  • Derecho a la salud: Este derecho garantiza el acceso a servicios de salud de calidad y asequibles, así como la protección contra enfermedades y accidentes.
  • Derecho a la vivienda: Este derecho garantiza el acceso a una vivienda digna y adecuada para todas las personas, especialmente aquellas que viven en situaciones de pobreza.
  • Derecho al trabajo: Este derecho asegura que todas las personas tengan acceso a empleos dignos y bien remunerados, así como la protección contra la discriminación y la explotación laboral.
  • Derecho a la seguridad social: Este derecho garantiza la protección social a los ciudadanos que enfrentan situaciones de pobreza, vejez, discapacidad o enfermedad, a través de programas de seguridad social como pensiones, seguro de salud y subsidios.
  • Derecho a la cultura y el deporte: Este derecho garantiza el acceso a la cultura y el deporte, como una forma de desarrollo personal y social.

Las Garantías Sociales

Las garantías sociales son el conjunto de preceptos constitucionales que se encargan de regular los principios, procedimientos e instituciones que tienen como función proteger, tutelar y reivindicar a las personas, grupos y sectores de la sociedad mas necesitados, ya sea por aspectos sociales, culturales o economicos, teniendo como base criterios de justicia social y bienestar colectivos, para lograr su incorporación o acceso al bien común y su convivencia con las demás clases sociales, dentro de un orden jurídico.

Los principales derechos sociales se encuentran plasmados en la constitución, los cuales son:
  • Derecho a la Educación;
  • Derechos Agrarios;
  • Derechos Laborales;
  • Derechos de la Seguridad Social;
  • Derecho de la Familia y el Menor;
  • Derecho a la Protección de la Salud;
  • Derecho a la Vivienda;
  • Derechos de carácter económico
Dentro de los mas importantes preceptos que dispone la Constitucion Mexicana en relacion a las garantías sociales se encuentran los artículos:

Articulo 3. Se enfoca en materia educativa, propugnando por la laicidad, la Gratuidad y la rectoría del estado en esta área

Articulo 27. Reconoce la Vulnerabilidad de grupos indígenas en torno a la tenencia de la tierra

Articulo 123. Establece de manera general los derechos Laborales, el fin de este artículo es dotar de herramientas legales a los Trabajadores para combatir la explotación por parte de los patrones.

Asimismo a través de los artículos 25, 26, 28 y 39 se construye la viabilidad jurídica para la libre autodeterminación de nuestro país, la obligatoriedad de la planificación administrativa y la posibilidad jurídica de que en ejercicio de nuestra soberanía se busque el mejoramiento de las condiciones de vida para los sectores económicamente desprotegidos.

Las garantías sociales tienen como objetivo proteger al hombre como ente colectivo e intentar asegurar su futuro educativo y económico. Las garantías sociales implican la participación activa parte del Estado para establecer disposiciones constitucionales que regulen los derechos de los integrantes de la sociedad y de los grupos sociales, basándose en postulados de humanidad, dignidad y bienestar colectivo

Diferencias entre garantías sociales y garantías individuales

La distinción de las garantías en individuales y sociales se encuentra en el tipo o clase de titular que las posee.

Las garantías individuales como las sociales son producto de una nueva era del desarrollo político, social y económico de un Estado. Una tendencia teórica sostiene que los derechos sociales deben sustituir de manera definitiva a los derechos individuales, mientras que otro sector de doctrinarios del derecho constitucional, afirman que requieren coexistir con los derechos individuales para conformar un mejor y más fuerte bloque de derechos, que tenga como misión la protección y defensa de la libertad del destinatario de esos derechos.
 
A continuación, te presento algunos ejemplos de garantías sociales:
  • Derecho a la educación: toda persona tiene derecho a recibir educación de calidad, sin discriminación y de manera gratuita en los niveles básico y medio superior.
  • Derecho a la salud: se garantiza el acceso a servicios de salud de calidad, a través del sistema público de salud, y se promueve el bienestar físico, mental y social de la población.
  • Derecho a la vivienda: se busca asegurar el acceso a una vivienda digna, a través de programas de vivienda y créditos hipotecarios.
  • Derecho al trabajo: se garantiza el derecho a trabajar en condiciones justas y equitativas, con remuneración adecuada y sin discriminación.
  • Derecho a la seguridad social: se busca garantizar el acceso a servicios de seguridad social, como el seguro de salud, pensiones y seguro de desempleo.
  • Derecho a la cultura: se promueve el acceso a la cultura y la preservación del patrimonio cultural, a través de programas de apoyo a la cultura y el arte.
  • Derecho al medio ambiente sano: se busca proteger y preservar el medio ambiente, a través de políticas y programas que fomenten el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente.
  • Derecho a la igualdad de género: se promueve la igualdad entre hombres y mujeres, a través de políticas y programas que fomenten la equidad de género y la no discriminación.
Estos son solo algunos ejemplos de garantías sociales, existen muchas más que buscan proteger los derechos y la calidad de vida de las personas. En México, las garantías sociales están contempladas en la Constitución y en distintas leyes y disposiciones legales.

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Garantías de Seguridad jurídica

Las garantías de seguridad jurídica representan el pilar fundamental en el que se basa cualquier sistema jurídico actual, ya que es imposible que un artículo contenga todos los derechos públicos subjetivos del gobernado, en consecuencia, lo que no se señale en un precepto constitucional, debe ser complementado en los demás, de esta forma, se procura que el gobernado jamás se encuentre en una situación de incertidumbre jurídica y por lo tanto en estado de indefensión

El objeto de las garantías de seguridad jurídica es ofrecer la certeza para el gobernado de que su persona, familia, patrimonio y en general todos sus derechos, serán respetados por la autoridad, y si esta debe producir una afectación directa sobre ellos, debe ajustarse a los procedimientos que la ley le obliga.

En la Constitución Mexicana se encuentran establecidas en los siguientes artículos:

Art. 14º. Señala el principio de no retroactividad de la norma. Se establece el derecho fundamental a la vida, la libertad y de sus propiedades, con excepción de que se imponga pena por actualizar una conducta tipificada como delito. Señala que la aplicación de la ley se ajustara exactamente a lo dispuesto por las normas, y que las sentencias deberán ser según la interpretación de la ley.

Art. 15º. Prohibe la extradición de reos políticos y delincuentes del orden común, quienes sean acosados en relación a sus derechos humanos en otro país y prohíbe la celebración de convenios en virtud de alterar sus garantías y derechos establecidos.

Art. 16º. Consagra el derecho a la privacidad y respeto por el hogar y patrimonio prohibiendo a las autoridades irrumpir un domicilio sin una orden judicial, la cual no podrá ser expedida sin que exista una denuncia.

Art. 17º. Prohibe la justicia por cuenta propia, y señala que el derecho a recibir justicia, gratuitamente. Además señala que en ningun supuesto se puede ser aprisionado por deudas de carácter civil.

Art. 18. Solo se podrá privar a alguien de su libertad por delito que tenga pena corporal. Señala que el sistema penal sera organizado por los gobiernos de la Federación y los estados y se establece la obligación de crear instituciones encargadas de tutelar lo concerniente a menores infractores.

Art. 19. Ninguna detención podrá sobrepasar los 3 días sin haberse declarado una auto de formal prisión (se aclararan el delito, lugar, tiempo, circunstancias y los datos de la averiguación).Todo proceso se seguirá por el delito señalado, si hubiese otro, se tendría que repetir el proceso con el otro delito.

Art. 20. Consagra 10 garantías de seguridad de todo procesado:

  • Libertad bajo fianza
  • Derecho a no declarar en su contra
  • Derecho a conocer el delito del que lo acusan y quien le acusa.
  • Derecho a tener un careo con los testigos que declaren en su contra.
  • El que se reciban los testigos y las pruebas que ofrezcan.
  • Ser juzgado en audiencia publica
  • Que le faciliten todos los datos que solicite para su defensa
  • Ser juzgado antes de 4 meses, si su condena no excede los 2 años de prisión y 6 meses si lo excede.
  • Poder defenderse solo o por un abogado suyo o de oficio.
  • No se podrá prolongar la prisión por ninguna cosa de dinero, y tampoco la prisión preventiva por ninguna cosa.

Art. 21. Se autoriza únicamente a la autoridad judicial para imponer penas. Declara  la persecución de  los delitos como funcion del ministerio publico. Si se trata de multas se tendrá que tomar en cuanta el ingreso o sueldo que tenga el infractor.

Art. 23. Ningún juicio criminal deberá tener mas de tres instancias, nadie puede ser juzgado por el mismo delito. Queda prohibida la practica de absolver la instancia.

Art. 29. Señala que es una posibilidad anular ciertas garantías individuales, que seria en caso de situaciones de contingencia bélica u otros eventos que atenten contra la sociedad, determinando que será por tiempo limitado, determinados lugares o todo el país en caso de ser necesario.

A continuación, se presentan algunos ejemplos de garantías de seguridad jurídica:
  • La presunción de inocencia: es una garantía fundamental que establece que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario en un juicio justo y con las debidas garantías.
  • El derecho a la defensa: toda persona tiene derecho a ser asistida por un abogado o defensor de su elección, y a tener acceso a los recursos necesarios para defenderse en cualquier proceso legal.
  • El derecho al debido proceso: se establece que cualquier proceso legal debe realizarse de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por la ley, y se deben respetar los derechos y garantías procesales de todas las partes involucradas.
  • La protección de la propiedad y los derechos de autor: se establece la protección de los derechos de propiedad y de autor para promover la innovación, la creatividad y el desarrollo económico.
  • La seguridad jurídica en el ámbito empresarial: se promueve la seguridad jurídica para los negocios a través de la protección de los derechos de propiedad intelectual, la promoción de la inversión y la creación de un ambiente de negocios estable y previsible.
  • La protección de los derechos humanos: se establece la protección de los derechos humanos y las garantías fundamentales, como la igualdad ante la ley, la libertad de expresión y el derecho a la privacidad, entre otros.

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Garantías de Libertad

La libertad se describe como un derecho fundamental de los seres humanos, el cual le otorga la facultad de decidir por sí mismo sobre sus acciones, así como sus planes y objetivos a alcanzar. Las garantías de libertad protegen la capacidad jurídica para el actuar libre de los miembros de una sociedad, teniendo en cuenta el marco jurídico en que se encuentre, el cual debe garantizar su ejercicio pleno.

Las garantías de libertad se conforman por los derechos públicos subjetivos, lo cuales se podrán ejercer sin afectar los derechos de los demás, son libertades comunes que el Estado debe respetar, y que no pueden tener más limitaciones que las que se encuentran señaladas en la Constitución.

En un estado libre cada individuo debe poder tomar de manera voluntaria sus decisiones. Es un concepto muy complejo donde el Estado debe ser una institución que vele por el bien común y de esta manera garantizar el ejercicio pleno de este derecho.

En la legislación mexicana las garantías de libertad se encuentran consagradas en diferentes artículos constitucionales, y se identifican de la siguiente forma:
  • Artículo 1°, segundo párrafo Prohibición de la esclavitud. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
  • Artículo 2°, apartado A Autodeterminación de los pueblos indígenas.- Tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de medios para financiar sus funciones autónomas.
  • Artículo 3°, Libertad de educación.- Establece los criterios que debe tener la educación impartida por el Estado, la federación, entidades y municipios, así como los particulares y por las universidades y las instituciones superiores autónomas por ley
  • Artículo 4°, segundo párrafo Libertad de procreación.- Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos
  • Artículo 5°, Libertad de trabajo.- La Constitución otorga libertad para elegir profesión, industria, comercio o trabajo que se desee, limitado únicamente por aquellos trabajos que se consideren contrarios a la ley. 
  • Artículo 6°, Libertad de expresión.- Se otorga libertad para manifestar ideas personales, siempre y cuando no sean contrarios a la moral, vulneren los derechos de terceros o como resultado tengan una conducta delictiva.
  • Artículo 7°, Libertad de imprenta.-  Otorga libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia, siempre y cuando se haga dentro de la directrices jurídicas}
  • Artículo 8°, Libertad de petición.- Este derecho consagra la petición a favor de una persona, sólo pueden hacer uso de tal derecho los ciudadanos mexicanos. 
  • Artículo 9°, Libertad de asociación y de reunión.- Libertad de asociarte o de reunirte pacíficamente con objetivos lícitos.
  • Artículo 10°, Libertad de posesión y portación de armas.- Se consagra el derecho de poseer armas en tu domicilio para tu seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y las reservadas para el uso exclusivo del ejército.
  • Artículo 11°, Libertad de tránsito.- Establece la libertad de tránsito y de cambio de residencia. De entrar y salir del país, viajar por él y cambiar de residencia cuando se desee.
  • Artículo 15°, Prohibición de extraditar reos políticos.- No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos
  • Artículo 24°, Libertad religiosa.- Libertad de eleigir la religion o fe a profesar.
  • Artículo 28°, Libertad de concurrencia en el mercado.- Es la posibilidad que tienen las empresas para tener un negocio y competir en el mercado, en las mismas condiciones que las demás.
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Principio de Legalidad

El principio de legalidad es un principio de propio del derecho público, que tiene por objetivo garantizar la seguridad jurídica. Rige entre otras ramas, el derecho penal y el derecho tributario . En el derecho tributario podemos definir que por medio de este se exige que la ley establezca de una manera clara el derecho imponible, los sujetos obligados al pago, el sistema o la base para determinar el hecho imponible, la fecha de pago, las infracciones, las sanciones, y las exenciones, así como el órgano legalizado para recibir el pago por los tributos.

Con el objeto de reforzar este principio se establece la reserva de la ley, que obliga a regular la materia concreta con normas que posea rango de ley. Por lo tanto son materias vedadas al reglamento y a las normativas emanadas del poder ejecutivo.

Este principio sirve también para dar más facultades al poder legislativo en ciertas materias, de sensibilidad especial relativas a al afectación de derechos fundamentales. Es decir es una forma de impulsar la separación de poderes.

De "garantías individuales" a "derechos humanos" (Vídeo)

Miguel Carbonell habla sobre la importante reforma constitucional publicada el 10 de junio de 2011, que sustituye el término "garantías individuales" por el más moderno y adecuado "derechos humanos".

Los derechos y las garantías son cosas distintas entre sí.
En primer lugar, los derechos son todas aquellas prerrogativas que se encuentran reconocidas en una ley, constitución o en un tratado internacional vigente para el ordenamiento jurídico del cual estemos hablando. Estas prerrogativas traen como consecuencia implícita una obligación de hacer o no hacer respecto de algún ente o persona.

 

La unilateralidad de las garantías individuales

La unilateralidad de las garantías individuales consiste en la observancia del Estado, que es el sujeto pasivo de ellas, es decir, su receptor, están exclusivamente a cargo del poder público a través de los órganos y las dependencias gubernamentales. Así, los particulares son los sujetos activos de las garantías, porque a ellos les corresponde hacerlas respetar cuando un acto de autoridad del Estado las vulnere. Su existencia no requiere de la voluntad del particular al que va dirigido o frente al que se realiza.

Las Garantías Individuales

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna.

Las Garantías Individuales están consignadas en la Constitución en la parte dogmática y no incluyen todos los derechos del hombre, pero son un noble avance de nuestra Legislación en la protección de los derechos del gobernado.

Las Garantías Individuales son las Instituciones y Condiciones establecidas en la Constitución de un Estado a través de las cuales, el mismo, asegura a los individuos el uso pacífico y el respeto a los derechos que la propia Constitución prevé.

Diferencia entre garantías individuales y derechos humanos.
La garantía es un medio otorgado por la Constitución para preservar o proteger algún derecho humano; de tal suerte que válidamente puede sostenerse que éste es el contenido de aquélla. El derecho humano es anterior a la consagración de alguna garantía, puesto que aquél nace desde el momento en que el hombre es tal, en tanto que la garantía, surge hasta después de que el Estado, a través de sus órganos componentes, la consagra en un documento legal.

En ellas se asegura a cada uno de nosotros los derechos mínimos y establece los límites que debe observar el gobierno para con sus gobernados, es decir, las Leyes y actuaciones de las autoridades deben ser “constitucionales”. 

Los elementos de las garantías individuales son:
  • Relación jurídica de supra a subordinación entre el gobernado (Sujeto activo) y el Estado y sus autoridades (Sujeto pasivo).
  • El derecho público subjetivo que emana de dicha relación en favor del gobernado.
  • La obligación correlativa del Estado y sus autoridades, consistentes en respetar el derecho y cumplir las condiciones de seguridad.
  • Previsión y regulación de la citada relación por la ley Fundamental.