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Sociedad de gananciales

La sociedad de gananciales permite hacer valer para ambos cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos por cualquiera de ellos, después de contraer matrimonio.

Al momento de disolver la sociedad de gananciales , se atribuye a cada cónyuge la mitad de los bienes que forman parte de la sociedad de gananciales, denominados normalmente bienes gananciales.

Regimen de Participación

Es un régimen que pretende juntar las ventajas de los regímenes de separación de bienes y de gananciales.
El patrimonio de los cónyuges se encuentra separado como si se tratara del régimen de separación de bienes, pero al momento de liquidar el vinculo se establece una participación de cada esposo en las ganancias obtenidas por el otro.
El régimen se consuma al liquidarse, en función de las pérdidas y ganancias que cada patrimonio haya sufrido. Por ello, su mayor inconveniente reside en que se exige una contabilidad bastante precisa de la evolución del patrimonio de cada esposo, con el fin de determinar las ganancias habidas en los patrimonios de cada uno.

Separación de bienes

En el régimen de separación de bienes nace de la necesidad de seguridad que buscan muchas parejas al contraer matrimonio en razón de su patrimonio. En este régimen los desposados acuerdan que cada quien será dueño exclusivamente de los bienes que estén a su nombre y de disolverse el vinculo matrimonial estos no se verán afectados

Sociedad conyugal

La sociedad conyugal se forma entre dos personas y  nace en razón del matrimonio, en este el patrimonio está integrado por activos y pasivos destinados a repartirse entre los cónyuges por partes iguales al momento de la disolución de la sociedad.

El patrimonio se conforma por
  • Haber Absoluto. Que son aquellos bienes que ingresan al patrimonio de la sociedad y están destinados a repartirse entre los cónyuges al momento de la disolución.
  • Haber Relativo. Que son aquellos bienes que aportan los cónyuges a la sociedad, quedando esta obligada al momento de la disolución a devolverlos si existen o restituir su valor.
  • Los Pasivos. Son deudas sociales que al momento de la disolución de la sociedad conyugal existan para los cónyuges y tienen la obligación de liquidar.

Capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales son muy importantes para el derecho de familia y esta importancia radica en que es la forma de instrumentar las estipulaciones conyugales referentes al régimen económico del matrimonio. Gran parte de la doctrina refiere que estas capitulaciones son de carácter contractual mientras que algunos autores prefieren conceptuarlas como un acto complejo, dado el posible contenido atípico de las mismas.

En capitulaciones matrimoniales se podrán estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio, añadiendo otras disposiciones que sean necesarias en razón del mismo.

Régimen Patrimonial del Matrimonio.

Las normas que regulan las relaciones económicas de los cónyuges entre sí y con terceros, constituyen el régimen patrimonial del matrimonio.
Este régimen económico tiene gran importancia especialmente en caso de separación matrimonial, en divorcio y en derechos de tipo sucesorio.

Los tipos de regímenes pueden variar según el estado de derecho al que se encuentren sometidos. 
En España los regímenes matrimoniales establecidos en el Código Civil son los siguientes:
  • Régimen de sociedad de gananciales:
  • Régimen de separación de bienes
  • Régimen de participación
En México
  • Régimen de sociedad conyugal
  • Régimen de separación de bienes