Actividades Reservadas a Mexicanos o Sociedades Mexicanas.

Existen actividades económicas limitadas a ser realizadas de manera exclusiva por mexicanos o sociedades mexicanas con clausula de exclusión de extranjeros, estas actividades son:
  • Transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, sin incluir los servicios de mensajería y paquetería;
  • Instituciones de banca de desarrollo, en los términos de la ley de la materia.
  • La prestación de los servicios profesionales y técnicos que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables.