El recurso de queja en el juicio de amparo

El recurso de queja se encuentra respaldado legalmente en el artículo 97 de la Ley de Amparo, y su aplicabilidad abarca tanto el amparo indirecto como el amparo directo. Este recurso puede ser presentado en contra de una decisión tomada por el órgano jurisdiccional de amparo en la que se admita, deseche o declare como no interpuesta la demanda de amparo. Es importante distinguir entre "desechar" y "tener por no interpuesta", ya que en el primer caso, se aplica cuando se identifica una causa evidente de improcedencia, lo que conduce a que la demanda sea rechazada. Por otro lado, en el segundo caso, se aplica cuando, a pesar de haberse emitido una advertencia correspondiente, la demanda no se atiende en tiempo y forma, lo que resulta en que se considere como si nunca hubiera sido presentada.

El recurso de queja es válido para presentarse en el caso de sentencias interlocutorias que decidan conceder o denegar la suspensión del acto, ya sea de forma inmediata (suspensión de plano) o provisional. También procede en resoluciones incidentales que desechen la admisión de fianzas o admitan aquellas que carezcan de los elementos jurídicos que demuestren su legalidad, o que sean consideradas excesivas o insuficientes.

Cuando en el proceso se decida si una parte tiene o no la condición de tercero interesado, se puede impugnar dicha decisión mediante el recurso de queja. Este recurso es procedente en casos de sentencias interlocutorias que se emitan dentro del incidente de reclamación de daños y perjuicios, en el incidente de cumplimiento sustituto de sentencia, así como en aquellas que se dicten en el incidente debido a un exceso o defecto en la ejecución de un acuerdo en el que se haya otorgado al quejoso la suspensión provisional o definitiva.

El recurso de queja en materia de amparo directo es procedente en los siguientes casos específicos, y solo en relación con la autoridad responsable:
  • Cuando la autoridad responsable omita tramitar la demanda de amparo o lo haga de manera indebida.
  • Cuando no resuelva sobre la suspensión dentro del plazo legal, conceda o deniegue la suspensión, rechace la admisión de fianzas o contrafianzas, admita aquellas que no cumplan con los requisitos legales o que puedan ser consideradas excesivas o insuficientes.
  • Contra la resolución que decida el incidente de reclamación de daños y perjuicios.
  • Cuando la autoridad responsable niegue al quejoso su libertad bajo caución o cuando las resoluciones que emita en la misma materia causen daños o perjuicios a alguna de las partes interesadas.
En estos casos, si se considera que los derechos de las partes han sido vulnerados y que dicha vulneración no puede repararse en una sentencia definitiva, se podrá interponer el recurso de queja.

La cesión de deuda


Ceder es dar o transferir y cesión es el efecto o acción de ceder, donde resulta que la cesión, es una acción muy amplia que implica la dación o transferencia de cualquier cosa.

La cesión de deuda es un proceso mediante el cual un deudor (cedente) transfiere su deuda a otra persona o entidad (cesionario). Esto significa que el cesionario se convierte en el nuevo deudor y debe pagar la deuda al acreedor original.Es una manera de transmisión de las obligaciones mas no de extinción.

El efecto de la cesión de deuda es que permite el cambio de la persona del deudor, sin que la obligación se extinga o deje de ser la misma, y subsiste el mismo derecho personal con el mismo objeto y mismo acreedor.

Se trata de un acto legal en el que participan tres partes, el deudor original, el tercero que asumirá la deuda y el acreedor. La participación del acreedor es esencial ya que su interés radica en garantizar la seguridad de su crédito, que depende de la capacidad financiera, responsabilidad y reputación del deudor original, así como de la eficacia con la que se cumpla la obligación cuando esta esté vinculada a una persona específica.

Intervención del acreedor en la cesión de deudas y obligaciones reales
En muchos casos, la cesión de deuda requiere el consentimiento del acreedor original. El acreedor debe estar de acuerdo con que la deuda sea transferida al cesionario y a menudo debe dar su consentimiento por escrito.

El acreedor tiene la posibilidad de participar en la transferencia de deudas al establecer un contrato directo con el deudor original y el nuevo deudor, en el cual se acuerde la transferencia de la obligación. Esta es la manera convencional de llevar a cabo el cambio de deudor sin alterar la relación jurídica existente.

La cesión de derechos hereditarios.
La cesión de derechos hereditarios es un proceso en el cual un heredero (cedente) transfiere sus derechos sobre una herencia futura a otra persona (cesionario). Esto puede hacerse por diversas razones, como la necesidad de liquidez inmediata o la renuncia a la herencia.

Pueden transmitirse por cesión siempre que se trate de derechos hereditarios ya adquiridos por la muerte del autor de la sucesión y no de derechos hereditarios futuros, pues la cesión de estos no puede llevarse a cabo ni con el consentimiento del autor mismo de la sucesión.