Diferencias entre el derecho penal fiscal y el derecho penal ordinario

Dentro del derecho penal común y el derecho penal fiscal existen diferencias que son necesarias mencionar para comprender mejor el complejo mundo del derecho tributario. Estas particularidades del derecho penal tributario sólo lo distinguen del derecho penal común en algunos aspectos básicos, las principales diferencias que se observan son:

El derecho penal tributario reconoce la reparación civil y delictual, mientras que el derecho penal común sólo la delictual, pues cuando existe la reparación del daño, ésta se calcula teniendo en cuenta los dispuesto por el derecho privado.

El derecho penal tributario no sólo se enfoca a sancionar conductas delictivas, sino también hechos u omisiones que no son de carácter penal; mientras que, el derecho penal común sólo sanciona hechos delictivos.

El derecho penal tributario impone sanciones tanto a las personas físicas, como a las personas morales; en cambio, el derecho penal común, sólo a las personas físicas.

El derecho penal tributario imputa responsabilidad al incapaz y lo sanciona con penas pecuniarias; en cambio, para el derecho penal común el incapaz esta exento de responsabilidad.

El derecho penal tributario puede sancionar a personas que no intervienen en la relación jurídica tributaria, mientras que el derecho penal común sólo puede imponer sanciones a los individuos que intervinieron directamente en la comisión del delito.

En el derecho penal tributario, tratándose de la comisión de un hecho delictivo, el dolo se presume, salvo prueba plena en contrario, mientras que para el derecho penal común, el dolo no se presume.

El derecho penal tributario en ocasiones sólo pretende obtener la reparación del daño, mientras que el derecho penal común, busca principalmente, al castigo corporal y, secundariamente las sanciones pecuniarias y la reparación del daño.