Establecimiento

La Ley Federal del Trabajo en su articulo 16 define lo que sera considerado como un establecimiento para efectos laborales y lo identifica como una unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.

El establecimiento comercial es aquel espacio físico, donde se realiza la venta, distribución, producción o transformación de bienes y servicios. Es comúnmente conocido como punto de venta o comercio. La existencia de los establecimientos se justifica con el crecimiento de las empresas ya que se ven en la necesidad de crear puntos de venta o espacios de producción cada uno con autonomía propia, pero siempre con la misma meta.

Las características del establecimiento en el derecho laboral mexicano son las siguientes:
  • Autonomía operativa: Un establecimiento tiene una cierta autonomía en términos de su funcionamiento y organización. Puede tener su propia administración, personal, recursos y operaciones independientes en algunos aspectos.
  • Identidad propia: El establecimiento es reconocido como una entidad separada, con identidad y funciones propias, aunque sigue formando parte de la estructura más amplia de la empresa matriz.
  • Personalidad jurídica limitada: Aunque se considera como una unidad independiente en algunos aspectos, el establecimiento no tiene personalidad jurídica propia. En otras palabras, no puede ser considerado como una entidad legal separada.
  • Condiciones laborales propias: Los trabajadores en un establecimiento pueden tener condiciones laborales específicas que varían de las de otros establecimientos o de la empresa matriz, debido a la naturaleza particular de las operaciones en ese lugar.Es necesario distinguir que la empresa engloba todo el negocio y el establecimiento es parte del negocio por lo que la empresa puede existir sin el establecimiento, pero el establecimiento no existe si no hay empresa.
Es importante distinguir el concepto de "establecimiento" de la noción de "empresa" en el contexto del derecho laboral:
  • Establecimiento: Se refiere a una unidad de producción o servicio que puede ser identificada como separada dentro de una empresa más grande. Puede tener cierta autonomía operativa pero no tiene personalidad jurídica independiente.
  • Empresa: Se refiere a la entidad legal en su conjunto, que puede comprender uno o varios establecimientos. La empresa es la entidad que está registrada legalmente y tiene personalidad jurídica propia.

Mayoría de Edad

La mayoría de edad en derecho se refiere a la edad en la cual una persona se considera legalmente adulta y capaz de asumir plenamente sus responsabilidades y derechos en la sociedad. Este concepto es fundamental en muchos sistemas legales y tiene implicaciones en una amplia variedad de áreas, como el derecho civil, penal, laboral y familiar.

La determinación de la edad en la que alguien alcanza la mayoría de edad puede variar según el país y el sistema legal. En la mayoría de los lugares, la mayoría de edad se establece en algún momento entre los 18 y los 21 años, pero esto puede diferir. Algunos sistemas legales también pueden tener disposiciones que permiten la emancipación anticipada de un individuo antes de alcanzar la edad legal si cumplen ciertos criterios.

La consecuencia más común de alcanzar la mayoría de edad es la adquisición de una serie de derechos y responsabilidades legales, que pueden incluir:
  • Capacidad legal: Una persona mayor de edad generalmente se considera legalmente competente para tomar decisiones importantes por sí misma, como firmar contratos, tomar decisiones médicas y administrar sus propios asuntos financieros.
  • Responsabilidad penal: A partir de la mayoría de edad, una persona puede ser considerada penalmente responsable de sus acciones en un tribunal de justicia de adultos y enfrentar consecuencias legales más severas en comparación con un menor.
  • Derechos civiles: Una persona mayor de edad puede votar en elecciones, acceder a préstamos y créditos, poseer bienes y propiedades y ejercer una serie de derechos civiles y políticos que están reservados para adultos.
  • Contratos y transacciones legales: Puede celebrar contratos y participar en transacciones legales por sí misma, sin necesidad de consentimiento de un tutor legal.
  • Matrimonio y vida familiar: En muchos lugares, la mayoría de edad es un factor importante para establecer el consentimiento legal para el matrimonio sin necesidad de permisos especiales.
  • Trabajo y empleo: Una persona mayor de edad generalmente puede trabajar a tiempo completo y celebrar contratos de empleo sin restricciones especiales para menores.
Es importante tener en cuenta que las leyes que rigen la mayoría de edad pueden variar significativamente entre países y regiones. Por lo tanto, es fundamental conocer las regulaciones específicas en el lugar donde uno vive o trabaja para entender plenamente los derechos y responsabilidades que vienen con la mayoría de edad.

Ambito personal de validez

El ámbito personal de validez en el derecho se refiere a quiénes están sujetos a las disposiciones legales y cuál es el alcance de su aplicación en términos de individuos o grupos de personas. En otras palabras, se trata de determinar qué personas están obligadas a obedecer una norma jurídica específica y en qué medida.

En un sistema legal, las normas pueden establecer derechos, obligaciones y responsabilidades para ciertos grupos de individuos o para toda la sociedad en general. El ámbito personal de validez puede variar según diferentes factores, como la naturaleza de la norma, el contexto en el que se aplica y las características de las personas involucradas.

Existen diferentes categorías dentro del ámbito personal de validez:
  • Normas generales: Son aquellas que se aplican a todas las personas dentro del territorio jurisdiccional, sin distinción. Por ejemplo, las leyes que prohíben el homicidio o el robo se aplican a todos los individuos por igual.
  • Normas particulares: Son aquellas que se dirigen a un grupo específico de personas o a una situación concreta. Por ejemplo, las leyes laborales pueden establecer regulaciones especiales para los trabajadores en comparación con otras personas.
  • Normas especiales: Son normas que se aplican a individuos que se encuentran en circunstancias particulares. Por ejemplo, las leyes que protegen a menores de edad pueden tener disposiciones diferentes para su ámbito personal de validez.
  • Normas profesionales: Establecen reglas para grupos profesionales específicos, como abogados o médicos, y pueden ser más rigurosas en términos de responsabilidad y conducta debido a la naturaleza de la profesión.
  • Normas territoriales: Algunas normas pueden aplicarse solo a ciertas áreas geográficas, como leyes municipales o regionales.
El ámbito personal de validez es crucial para determinar quiénes están legalmente obligados a cumplir con una norma y cómo se aplica en diferentes situaciones. Está estrechamente relacionado con conceptos como la justicia, la igualdad y la equidad en el sistema legal, ya que busca establecer un equilibrio entre las necesidades y derechos de las personas en función de su posición y circunstancias particulares.

Ingresos tributarios del estado

En el derecho fiscal mexicano, los ingresos tributarios del Estado se refieren a los fondos recaudados por el gobierno a través de diversos impuestos y contribuciones. Estos ingresos son esenciales para financiar el funcionamiento del gobierno, así como para financiar programas y proyectos que benefician a la sociedad en su conjunto. 

Podemos definir a los ingresos tributarios como las percepciones que obtiene el Gobierno Federal por las imposiciones fiscales fija obligatoriamente el Estado a las personas físicas y morales, conforme a la ley para el financiamiento del Gasto público.
Tipos de ingresos tributarios:
A continuación, se presentan algunos de los principales ingresos tributarios en México:
  • Impuesto sobre la Renta (ISR): Este es uno de los impuestos más importantes en México. Grava los ingresos obtenidos por personas físicas y morales. Las tasas varían según la cantidad de ingresos y el tipo de contribuyente.
  •  Impuesto al Valor Agregado (IVA): El IVA se aplica a la mayoría de los bienes y servicios en México. Actualmente, la tasa general es del 16% en la mayoría de las operaciones, aunque hay excepciones y tasas reducidas para ciertos productos y servicios.
  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Este impuesto se aplica a la producción y venta de ciertos bienes y servicios considerados como especiales, como productos petrolíferos, tabaco, alcohol, bebidas azucaradas y otros.
  • Derechos: Los derechos son pagos que se realizan al gobierno por el uso o aprovechamiento de bienes públicos, como el uso de recursos naturales o servicios gubernamentales específicos.
  • Contribuciones de Seguridad Social: Estas contribuciones, también conocidas como cuotas obrero-patronales, son pagos destinados a financiar sistemas de seguridad social, como el Seguro Social y el Infonavit.
  • Impuestos sobre Nómina: Los empleadores están obligados a retener y pagar impuestos sobre los salarios y sueldos de sus empleados.
  • Impuesto Predial: Los propietarios de bienes inmuebles pagan este impuesto a los municipios por la propiedad de la tierra y los edificios.
  • Impuestos Estatales y Locales: Además de los impuestos federales, los estados y municipios en México también tienen la autoridad para recaudar impuestos propios, como el Impuesto sobre Hospedaje y otros.
El carácter tributario de este tipo de ingresos atiende a la naturaleza unilateral y coercitiva de los impuestos, por lo que se establecen gravámenes las diversas fuentes generadoras de Ingresos como por ejemplo la Compra-Venta, el Consumo y las Transferencias.

Contribuciones de mejora

Las "contribuciones de mejora" son un tipo de impuesto que se aplica a los propietarios de bienes inmuebles cuando se realizan obras públicas que aumentan el valor de sus propiedades. Estas contribuciones tienen como objetivo financiar los proyectos de infraestructura y mejoras en la localidad que benefician directamente a los propietarios de los inmuebles.

Encuentran su fundamento jurídico en el Articulo 2, fracción III, el cual indica que:

"Contribuciones de mejoras son las establecidas en ley a cargo de las personas fisicas y morales que se beneficien de manera directa por obras publicas. (adicionada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 31 de diciembre de 1985)"

Este tipo de contribución encuentra su naturaleza jurídica en el incremento del valor del patrimonio del contribuyente, gracias a la realización de una obra publica.
Algunas contribuciones de mejora que podrían mencionarse en el contexto del derecho fiscal mexicano incluyen:
  • Mejoras Urbanas: Estas contribuciones se aplican cuando se realizan obras públicas en áreas urbanas que mejoran la infraestructura local, como pavimentación de calles, construcción de aceras, instalación de servicios básicos como agua y alcantarillado, entre otros.
  • Obras de Vialidad: Cuando se llevan a cabo proyectos para mejorar la movilidad, como la construcción de puentes, pasos elevados, o la ampliación de carreteras y vías de acceso, se puede aplicar una contribución de mejora.
  • Mejoras en Espacios Públicos: Si se hacen mejoras en parques, plazas, áreas de recreación u otros espacios públicos que aumentan el valor de las propiedades circundantes, se podría aplicar una contribución de mejora.
  • Obras de Infraestructura: Proyectos de infraestructura más amplios, como la construcción de redes de drenaje, sistemas de transporte público, y otros servicios que benefician a la comunidad, también pueden dar lugar a contribuciones de mejora.
  • Ampliación de Servicios Públicos: Si se implementan mejoras en los servicios públicos, como la extensión de líneas de electricidad o telecomunicaciones, los propietarios podrían ser sujetos a una contribución de mejora.
Es importante señalar que las contribuciones de mejora deben estar debidamente justificadas y ser proporcionales al beneficio que los propietarios obtienen de las obras públicas realizadas. Además, su recaudación y uso están regulados por la legislación fiscal y urbana.

Validez y eficacia

Kelsen señala que las normas jurídicas serán consideradas válidas cuando estas "existen" y por lo tanto, son vigentes, por que antes de su existencia deberán cumplir con los requisitos establecidos para su vigencia como son la publicación y la promulgación. 

Nos dice que serán consideradas válidas aquellas normas que son obedecidas y aplicadas y que fueron creadas mediante procedimientos establecido previamente en las normas jurídicas, por lo tanto, una norma de jerarquía inferior es válida siempre y cuando la norma superior sea valida, a partir de esta idea se deduce la existencia de otro término fundamental que concierne a la valides de las normas, el cual es la efectividad de la norma jurídica la cual describe como la consumación de la condición al hecho.

Analizando el contenido de los textos de Kelsen, se puede relacionar la actividad jurisdiccional a la validez de la normas jurídicas, pues serán aplicables únicamente las normas que cumplen los requisitos en los ámbitos espacial, temporal y personal, normas que tengan aplicabilidad y vigencia.

Se presentan determinadas circunstancias que confieren legitimidad a las disposiciones jurídicas, y se identifican como factores determinantes la eficacia y la efectividad. La legitimidad implica que la norma debe ser acatada y aplicada, al tiempo que la eficacia denota que la norma es efectivamente acatada y puesta en práctica.

Se establece que una norma jurídica se considera válida cuando cumple con los siguientes requisitos:
  • Su creación está vinculada a un procedimiento formal ejecutado por una entidad competente.
  • No ha sido revocada por una norma emanada posteriormente.
  • No entra en contradicción con disposiciones de superior jerarquía.
Según la perspectiva de Kelsen, la validez de las normas jurídicas está condicionada a su "existencia", lo que implica su actualidad y aplicabilidad, ya que, antes de su existencia, deben satisfacer las condiciones estipuladas para su entrada en vigor, que incluyen la divulgación y la promulgación.

El autor señala que se considerarán válidas aquellas normas que sean respetadas y aplicadas y que hayan sido generadas mediante procedimientos preestablecidos en las disposiciones legales. En este sentido, una norma de menor rango jerárquico se considera válida únicamente si la norma de nivel superior también lo es. A partir de esta noción, se deriva otro término fundamental relacionado con la legitimidad de las normas, que es la efectividad de la norma jurídica, la cual define como la realización de la condición prevista en la norma.

Al analizar el contenido de los textos de Kelsen, es posible establecer una conexión entre la función jurisdiccional y la validez de las normas jurídicas, ya que solo se aplicarán aquellas normas que cumplan con los requisitos en términos de ámbito geográfico, temporal y personal, es decir, aquellas normas que sean susceptibles de aplicación y estén actualmente vigentes.

A partir de las indagaciones en los escritos de Kelsen, se puede vincular la labor jurisdiccional con la legitimidad de las normas jurídicas, ya que únicamente se aplicarán normas que satisfagan los requisitos en términos de ámbito geográfico, temporal y personal; es decir, normas que sean factibles de implementar y que se encuentren actualmente en vigor.

Kelsen detalla los requisitos necesarios que confieren legitimidad a las normas legales. Inicialmente, advierte sobre la posibilidad de conductas que contradigan la norma y presenta como factores determinantes la eficacia y la efectividad. La legitimidad denota que la ley debe ser acatada y aplicada, mientras que la eficacia connota que la ley efectivamente se respeta y aplica.

La eficacia de la norma se manifiesta mediante su aceptación y observancia por parte de la sociedad. Esta eficacia se erige como un requisito indispensable para la validez de la norma. Sin eficacia, el sistema jurídico no puede subsistir.

Desde una perspectiva sociológica, la eficacia se define como el grado de adhesión de las normas por parte de sus destinatarios. En el contexto de la teoría jurídica, el término "eficacia" se refiere principalmente a este concepto, al nivel de cumplimiento o respeto por parte de aquellos que ejecutan la conducta establecida. La garantía de la eficacia se logra a través de la observancia de procedimientos formales en el proceso de creación, así como mediante la adherencia a los principios legales técnicos que rigen en un sistema jurídico específico. No basta con que las normas estén formuladas con precisión; también es necesario establecer los medios e instituciones necesarios para su aplicación.

En consideración de lo expuesto, la eficacia se puede contemplar como una condición ineludible para la existencia de la norma. La exigencia de eficacia jurídica debe reflejarse tanto en el plano material como en el social. Es crucial que haya una correspondencia entre la norma y la realidad para que refleje la situación existente o la que se aspira a crear. De esta manera, no solo se manifiesta la funcionalidad del sistema legal, sino también su legitimidad.
 
Desde una perspectiva sociológica, la eficacia se define como el nivel de acatamiento que los destinatarios demuestran hacia las normas. Sin embargo, en el contexto de la teoría jurídica, cuando se alude a la eficacia, se hace referencia específicamente a esta interpretación, que implica el grado de cumplimiento o respeto por parte de aquellos que ejecutan la conducta prescrita. La garantía de la eficacia se establece mediante el cumplimiento de ciertos requisitos formales durante el proceso de creación, así como a través de la observancia de principios técnicos jurídicos que prevalecen en un sistema legal particular. No es suficiente que las normas estén formuladas de manera precisa; además, deben ser acompañadas por la creación de los recursos y las instituciones necesarios para su implementación.

Basándonos en lo expuesto, la eficacia se considera un elemento esencial para la existencia completa de una norma. La demanda de eficacia legal debe reflejarse tanto en el ámbito material como en el social, lo que implica que debe existir coherencia entre la norma y la realidad. Esto no solo revela la funcionalidad del sistema jurídico, sino también su autenticidad y legitimidad.

La Apertura de Crédito

La apertura de crédito es un concepto importante en el derecho mercantil y financiero. Se trata de un contrato por el cual una entidad financiera, como un banco, otorga a un cliente la posibilidad de disponer de cierta cantidad de dinero hasta un límite establecido durante un período de tiempo determinado. Es una herramienta financiera comúnmente utilizada por empresas y particulares para gestionar sus necesidades de liquidez y financiamiento. 

Elementos personales
  • Acreditado: El acreditado es la persona o entidad que recibe el crédito o préstamo. En otras palabras, es el receptor de los fondos proporcionados por el acreditante. El acreditado es quien asume la obligación de pagar el monto prestado junto con los intereses correspondientes según los términos acordados en el contrato de crédito. Esta parte es la que tiene acceso a los fondos y generalmente los utiliza para cubrir necesidades financieras, inversiones u otros propósitos.
  • Acreditante: El acreditante es la entidad financiera o la persona que otorga el crédito o préstamo al acreditado. El acreditante es quien proporciona los fondos y asume el riesgo de que el acreditado cumpla con las obligaciones de pago establecidas en el contrato. A cambio de prestar el dinero, el acreditante puede recibir pagos de intereses y, en algunos casos, garantías que respalden el préstamo.
Características
Algunos puntos clave sobre la apertura de crédito en el derecho mercantil son:
  • La apertura de crédito es un contrato consensual. Se perfecciona por el mero acuerdo de voluntades. No requiere formalidad alguna para su validez.
  • Contrato bilateral: La apertura de crédito es un contrato bilateral en el que ambas partes, es decir, el cliente (tomador del crédito) y el banco (concedente del crédito), tienen obligaciones y derechos. El banco se compromete a poner a disposición del cliente ciertos fondos, y el cliente se compromete a pagar los intereses y a reembolsar el monto utilizado dentro del plazo acordado.
  • Límite de crédito: Se establece un límite máximo hasta el cual el cliente puede disponer de fondos. Este límite es determinado por el banco y se basa en la evaluación de la solvencia y capacidad de pago del cliente.
  • Plazo: La apertura de crédito tiene un plazo determinado, durante el cual el cliente puede usar y reponer los fondos. Este plazo puede ser renovable o no renovable, según lo acordado entre las partes.
  • Intereses: El cliente está obligado a pagar intereses sobre el monto utilizado del crédito. Estos intereses suelen calcularse sobre la base del saldo pendiente y se pagan periódicamente (mensual, trimestral, etc.).
  • Garantías: En algunos casos, el banco puede requerir garantías para respaldar la apertura de crédito, como bienes inmuebles, activos financieros u otros. Estas garantías ayudan a mitigar el riesgo para el banco en caso de incumplimiento del cliente.
  • Uso flexible: Una de las ventajas de la apertura de crédito es su flexibilidad. El cliente puede utilizar y reponer los fondos según sus necesidades, siempre y cuando se mantenga dentro del límite establecido y durante el plazo acordado.
  • Amortización: Al final del plazo acordado, el cliente debe reembolsar el saldo pendiente. Dependiendo de los términos del contrato, esto puede hacerse en un solo pago o en cuotas periódicas.

Estatutos Sindicales

Los estatutos sindicales son un conjunto de normas o reglamentos que regulan la organización y funcionamiento de un sindicato. Estos estatutos son elaborados y adoptados por los miembros del sindicato y establecen los derechos, obligaciones, estructura interna y procedimientos que rigen la actividad sindical.

Los estatutos sindicales suelen contener disposiciones sobre los siguientes aspectos:
  • Denominación y fines del sindicato: Establecen el nombre oficial del sindicato y los objetivos que persigue, como la defensa de los intereses laborales, la representación de los trabajadores o la negociación colectiva.
  • Afiliación y membresía: Indican los requisitos y procedimientos para la afiliación de los trabajadores al sindicato, así como los derechos y deberes de los afiliados.
  • Organización interna: Establecen la estructura organizativa del sindicato, que puede incluir una asamblea general, una junta directiva, comités, delegados, entre otros. También definen los mecanismos de elección y duración de los cargos directivos.
  • Funciones y atribuciones: Determinan las responsabilidades y facultades de los órganos y cargos del sindicato, así como los procedimientos para la toma de decisiones, la representación de los trabajadores y la celebración de acuerdos.
  • Derechos y beneficios: Establecen los derechos y beneficios de los miembros del sindicato, como la libertad de asociación, la protección de la estabilidad laboral, la participación en asambleas o la formación profesional.
  • Procedimientos disciplinarios: Establecen los procedimientos y sanciones en caso de incumplimiento de los estatutos o de las normas internas del sindicato.
Los estatutos sindicales deben contener una serie de elementos esenciales para regular la organización y el funcionamiento de un sindicato. A continuación, se enumeran algunos de los elementos que generalmente se encuentran en los estatutos sindicales:
  • Denominación y fines del sindicato: Deben establecer el nombre oficial del sindicato y los objetivos que persigue, como la defensa de los intereses laborales, la representación de los trabajadores o la negociación colectiva.
  • Afiliación y membresía: Deben establecer los requisitos y procedimientos para la afiliación de los trabajadores al sindicato, así como los derechos y deberes de los afiliados.
  • Estructura organizativa: Deben establecer la estructura interna del sindicato, incluyendo los órganos de gobierno, como la asamblea general, la junta directiva y los comités, y definir sus atribuciones y formas de elección.
  • Funciones y facultades: Deben definir las responsabilidades y facultades de los órganos y cargos del sindicato, así como los procedimientos para la toma de decisiones y la representación de los trabajadores.
  • Derechos y beneficios: Deben establecer los derechos y beneficios de los miembros del sindicato, como la libertad de asociación, la protección de la estabilidad laboral, la participación en asambleas, la formación profesional y otros derechos laborales.
  • Procedimientos disciplinarios: Deben establecer los procedimientos y sanciones en caso de incumplimiento de los estatutos o de las normas internas del sindicato.
  • Finanzas y administración: Deben establecer las disposiciones relacionadas con la administración financiera del sindicato, como la forma de gestión de los recursos económicos y las obligaciones contables.
  • Modificación de los estatutos: Deben establecer los procedimientos para la modificación de los estatutos, incluyendo los requisitos de quórum y las mayorías necesarias para aprobar cambios en el texto.
La elaboración de los estatutos sindicales implica un proceso que generalmente se lleva a cabo por los miembros del sindicato, bajo la supervisión de la asamblea general u otros órganos de gobierno internos. A continuación, se presentan los pasos generales para la elaboración de los estatutos sindicales:
  • Identificar las necesidades y objetivos: Los miembros del sindicato deben identificar las necesidades y objetivos que desean abordar con los estatutos. Esto implica determinar los derechos, deberes, estructura interna y procedimientos que se consideren necesarios para el funcionamiento del sindicato.
  • Investigar la legislación laboral aplicable: Es importante conocer y entender la legislación laboral aplicable al sindicato. Esto permitirá asegurarse de que los estatutos cumplan con los requisitos legales y protejan los derechos de los trabajadores. Es recomendable contar con asesoría legal especializada en materia laboral.
  • Redacción del proyecto de estatutos: Se debe redactar un proyecto de estatutos sindicales que contemple los aspectos relevantes identificados en el primer paso. Es importante asegurarse de que los estatutos sean claros, precisos y comprensibles.
  • Discusión y consulta: El proyecto de estatutos debe ser discutido y consultado con los miembros del sindicato. Es necesario fomentar la participación y recopilar sugerencias, comentarios y opiniones de los miembros.
  • Asamblea general: Convocar a una asamblea general donde se presente el proyecto de estatutos y se someta a discusión y votación. Durante la asamblea, se pueden realizar modificaciones al proyecto de estatutos en base a las discusiones y sugerencias de los miembros.
  • Aprobación de los estatutos: Una vez discutidos y votados, los estatutos deben ser aprobados por una mayoría de los miembros presentes en la asamblea general, de acuerdo con los requisitos establecidos en los estatutos existentes o en la legislación aplicable.
  • Registro y legalización: Una vez aprobados, los estatutos deben ser presentados ante la autoridad laboral correspondiente para su registro y legalización. Esto puede variar según la legislación de cada país. Es importante asegurarse de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos por la autoridad laboral.
El registro de los estatutos sindicales es un trámite necesario para que el sindicato adquiera personalidad jurídica y goce de los derechos y beneficios que la legislación laboral otorga.

El procedimiento de registro puede variar ligeramente dependiendo de la legislación laboral estatal o federal aplicable. Sin embargo, por lo general, se debe presentar una solicitud ante la autoridad laboral correspondiente, adjuntando los estatutos sindicales y la documentación requerida.

En México, la autoridad laboral encargada de registrar los estatutos sindicales es la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Cada estado también puede contar con su propia autoridad laboral encargada de registrar los estatutos sindicales a nivel local.

Elementos del contrato de depósito

El contrato de depósito es aquel en el cual una persona, llamada depositante, entrega la posesión de un bien mueble al depositario, quien se compromete a custodiarlo y restituirlo en el momento acordado o cuando el depositante lo solicite. Los elementos esenciales del contrato de depósito son los siguientes:
  • Consentimiento: El contrato de depósito requiere el acuerdo de voluntades entre el depositante y el depositario. Ambas partes deben estar de acuerdo en los términos y condiciones del contrato, incluyendo la entrega del bien y su posterior custodia.
  • Objeto: El objeto del contrato de depósito es un bien mueble, es decir, un objeto que puede ser trasladado fácilmente, como dinero, joyas, documentos, obras de arte, entre otros. El bien debe ser determinado o determinable al momento de la entrega.
  • Entrega del bien: El depositante debe entregar el bien mueble al depositario, quien lo recibirá y asumirá la responsabilidad de su custodia. La entrega puede ser física (entrega efectiva del bien) o simbólica (entrega de las llaves o de un documento que representa al bien).
  • Custodia: El depositario tiene la obligación de custodiar el bien depositado de manera diligente y de acuerdo con las instrucciones del depositante. Debe adoptar las medidas necesarias para su protección y evitar daños, pérdidas o sustracciones.
  • Restitución: El depositario debe devolver el bien depositado al depositante en el momento acordado o cuando este lo solicite. La restitución debe hacerse en las mismas condiciones en las que se recibió, salvo que se haya acordado lo contrario.
  • Gratuidad o retribución: El contrato de depósito puede ser gratuito, es decir, sin contraprestación económica, o puede establecerse una retribución o compensación al depositario por sus servicios de custodia. En este caso, se acuerda previamente el monto o la forma de pago de la retribución.

Requisitos del concubinato

El concubinato se refiere a la relación de convivencia entre dos personas que, sin estar casadas, mantienen una vida en común de forma estable y permanente. Aunque las regulaciones pueden variar ligeramente entre los diferentes estados de México, generalmente se establecen ciertos requisitos comunes para reconocer el concubinato. A continuación, se presentan los requisitos más comunes:

  • Convivencia bajo un mismo techo: Para que exista el concubinato, se requiere que las dos personas vivan juntas bajo un mismo techo de manera continua y estable. Esto implica que compartan una residencia común y que establezcan una vida en común.
  • Duración de la convivencia: El periodo de convivencia exigido para reconocer el concubinato varía según la legislación estatal. En algunos estados, se exige un mínimo de tiempo de convivencia, como por ejemplo, dos o cinco años. Es importante consultar la legislación específica del estado correspondiente para conocer el tiempo requerido.
  • Ausencia de matrimonio: El concubinato implica que las dos personas no están casadas legalmente con otra persona. Debe existir una situación de soltería o divorcio previo, en caso de haber estado casados anteriormente.
  • Voluntad de mantener una relación de pareja: Se requiere que ambas partes tengan la voluntad de mantener una relación de pareja, con el objetivo de establecer una vida en común de forma duradera y estable. Deben compartir responsabilidades y obligaciones propias de una relación de pareja.

Principio de prosecución judicial

El principio de prosecución judicial constituye una base fundamental que rige el procedimiento de amparo que se deriva del contenido tanto del párrafo inicial del artículo 107 constitucional —en el sentido de que las controversias que pueden dar origen al juicio de amparo se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley—, como del artículo 2o. de la Ley de Amparo, pues en él se señala que el juicio de amparo se debe sustanciar y decidir con arreglo a lo dispuesto en la propia ley o, en su defecto, a las prevenciones del Código Federal de Procedimientos Civiles.

En virtud de este principio, el juicio de amparo debe ser llevado a cabo mediante un procedimiento judicial y ajustarse a las normas del orden jurídico. Tanto las partes involucradas en el juicio como las autoridades encargadas de conocerlo deben adecuar sus actuaciones a la normativa aplicable.
La Corte se ha manifestado de forma precisa en cuanto esté principio, señalando que la figura del Amparo es un verdadero juicio con todas las etapas procesales. A manera de ejemplo citamos siguiente ejecutoria:

Texto: Atendiendo a la naturaleza procesal del juicio de amparo que se constituye como un verdadero juicio jurisdiccional autónomo y que, por ende, se rige por los principios de la teoría general del proceso (salvo las excepciones que la propia Ley de Amparo establece) que consagra, entre otros, la igualdad y el equilibrio de las partes contendientes, principio recogidoen el artículo 3o. del Código Federal de Procedimientos Civiles, el presupuesto procesal de personalidad debe ser estudiado de manera oficiosa por ser de orden público, pero dicho estudio, para respetar ese principio de igualdad y el equilibrio procesal de las partes, debe hacerse para todas aquellas que contienden en el juicio, y no solamente para el quejoso o promovente del amparo, en atención a que las cuestiones o puntos que se ventilan en el juicio constitucional no son intereses puramente privados, sino que representan el interés supremo de salvaguardar el orden constitucional. Por tanto, si la autoridad que conoció del juicio indirecto omitió analizar la personalidad de cualesquiera de las partes que intervinieron en el juicio, el tribunal revisor, de oficio, debe ordenar la reposición del procedimiento para el efecto de que el Juez de primera instancia de amparo analice la personalidad cuyo examen