Calpullalli (Parcelas Trabajadas por Familias)

El calpullalli, formaba parte de la estructura del calpulli, este tipo de propiedad se otorgaba a los habitantes del capulli con la obligación de trabajarla, por lo que podemos entender que la propiedad comunal de la tierra era la base económica de los aztecas. Sin embargo, se establecía también un precedente del principio de propiedad privada o individual, que aunque se encontraba limitada, puede considerarse que los aztecas tenían los dos regímenes de propiedad: el comunal y el privado.

El régimen comunal de la propiedad partía de la existencia de los calpullis o grupos de clanes, que compartían un territorio común (calpullalli), que pertenecía en colectivamente a la población integrante del calpulli, por lo tanto el calpullalli, tenía aspectos de propiedad en función social, pues el dueño del terreno no lo era en realidad del terreno mismo, sino solamente del usufructo.