Álibi

El término álibi es de origen latín y puede traducirse como en “otra parte” o comúnmente se puede entender como coartada. Se conoce como álibi a la acción de alegar en defensa de un acusado, con pruebas o indicios que demuestren su inocencia, en relación a la acusación o al envolvimiento de un crimen.

Es un reclamo o evidencia de que uno estaba en otra parte cuando se alega que se produjo un acto, típicamente criminal.

Este término se utiliza desde el siglo XVIII para describir "una afirmación de una persona de que él o ella estaba en otro lugar". En el siglo XX surgió un nuevo sentido (originalmente en los EE. UU.) Con el significado de "una excusa". Este uso es una extensión bastante común y natural del significado central, pero algunos tradicionalistas todavía lo consideran incorrecto.

Es considerado una forma de defensa dentro de los juicios del orden criminal pues ​​​su existencia demuestra la imposibilidad de la participación activa del acusado en un hecho delictivo en el que la presencia física es un elemento esencial para determinar la culpabilidad de un ilicito.

Argumentum falsum dilemma

Argumentum falsum dilemma es una frase en latín que puede traducirse como argumento de falso dilema. Un falso dilema (también conocido como falsa dicotomía) es una falacia lógica que implica presentar dos puntos de vista, opciones o resultados opuestos de tal manera que parezcan las únicas posibilidades: es decir, si una es verdadera, la otra debe ser falso o, más típicamente, si no acepta uno, entonces el otro debe ser aceptado. La realidad en la mayoría de los casos es que hay muchas opciones intermedias u otras alternativas, no solo dos mutuamente excluyentes. En otras palabras, hay dos formas en que uno puede cometer un falso dilema. Primero, uno puede suponer que solo hay dos (o tres, aunque en ese caso es, estrictamente hablando, un "falso trilema") opciones cuando realmente hay muchas más. Segundo, uno puede tomar las opciones para ser mutuamente excluyentes cuando realmente no lo son. La falacia es una falacia silogística y una falacia formal.

Ejemplos de Falso Dilema:
  • Si no estas totalmente de acuerdo con nosotros, estás contra nosotros.
  • María no a acudido a la reunión, si no ha tenido un accidente entonces no le importaba.
  • Tenemos que decidir si aprobar el presupuesto de seguridad o quedar a la merced de los criminales.
Esto a veces se conoce como la "Falacia del Tercero Excluido" porque puede ocurrir como una aplicación incorrecta de la Ley del Tercero Excluido. Esta "ley de la lógica" estipula que con cualquier proposición, debe ser verdadera o falsa; una opción "intermedia" está "excluida". Cuando hay dos proposiciones, y puede demostrar que una u otra debe ser lógicamente verdadera, entonces es posible argumentar que la falsedad de una lógicamente implica la verdad de la otra.

Animus societatis

El animus societatis o affectio societatis puede definirse como la intención o propósito de colaboración de los asociados en una empresa. Es considerado un elemento esencial del contrato de sociedad por lo tanto de no existir, no puede declararse valido un contrato de sociedad.

El affectio societatis es una característica de cualquier contrato de colaboración, donde los socios buscan un beneficio económico de forma colectiva. Por lo tanto todo contrato de sociedad, para tener validez jurídica plena, necesita la existencia de la voluntad o intención de contraer de cada uno de los contratantes.

La affectio societatis tambien es considerado un criterio de calificación dentro el contrato de sociedad, se utiliza para distinguir la sociedad de ciertos supuestos juridicos, como puede ser el contrato laboral o el contrato de indivision.

La affectio societatis, en palabras de Diez Picazo se define como: el genérico consentimiento contractual unido a la elaboración del intento empírico que las partes persiguen.

Affidavit

Affidavit es un término en latín que puede traducirse como declaración jurada o declarado bajo juramento. Es una declaración escrita de hecho realizada de forma voluntaria por un declarante, donde se presenta una afirmación administrada por un persona autorizada por la ley, para dar fe al escrito.

Este tipo de declaración, permite dar legitimidad a la firma del declarante por un tomador de juramentos, como un notario público o comisionado de juramentos.

El affidavit es un tipo de declaración verificada, es decir, que se encuentra bajo juramento o sometida a pena de perjurio, su función es servir como evidencia de veracidad para los procedimientos judiciales. Las declaraciones juradas pueden escribirse en primera o tercera persona, dependiendo de quién redactó el documento.

Las partes componentes del documento suelen ser las siguientes:
  • Un comienzo que identifica al "afable de la verdad", generalmente declarando que todo en él es verdadero, bajo pena de perjurio, multa o encarcelamiento.
  • Una cláusula de certificación, generalmente un jurat, al final que certifica que el declarante hizo el juramento y la fecha; firmas del autor y testigo.
  • Si una declaración jurada es notariada o autenticada, también incluirá un título con un lugar y título en referencia a los procedimientos judiciales.
  • En algunos casos, se agrega una cláusula introductoria, llamada preámbulo, que atestigua que el declarante personalmente apareció ante la autoridad de autenticación.
La declaración jurada permite agilizar los procedimientos ante autoridades judiciales o administrativas, y al mismo tiempo impone una responsabilidad legal para el declarante en caso que la declaración jurada resulte ser contraria a la verdad de los hechos que se acrediten con posterioridad.

Una declaración jurada se distingue de la declaración común en que esta genera responsabilidad para el declarante que miente a la autoridad, mientras que la declaración simple no genera una presunción de veracidad sino sólo una formulación de posiciones personales.