Fuente Constitucional del Derecho Laboral

Es necesario conocer los artículos constitucionales que se aplican en el Derecho laboral, ya que son estos los que sirven de base reguladora en la relación obrero-patronal.

Articulo 3º Constitucional.
En este articulo se fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico y administrativo de las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, y les otorga la facultad de administrar su patrimonio, estableciendo que las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 Constitucional.

Artículo 5º Constitucional.
Esta disposición, es considerada como una garantía de libertad del trabajo, también regula el ejercicio profesional, del servicio público, sobre el contrato de trabajo y de su incumplimiento. Establece que ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. Este articulo es el que nos permite dedicarnos al oficio, profesión o actividad que mejor se acomode a nuestros intereses.

Articulo 73º Constitucional.
Esta dispocicion faculta a el Congreso Federal, para expedir leyes en materia laboral, las cuales se materializan en la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 99º Constitucional.
Indica que el personal del Tribunal Federal Electoral regirá sus relaciones de trabajo tomando en cuenta las disposiciones aplicables al Poder Judicial de la Federación.

Artículo 123° Constitucional.
Este artículo, en sus apartados A y B, regula los artículos aplicables al derecho del trabajo. La naturaleza jurídica del Derecho laboral, permite comprender los derechos y obligaciones del trabajador y del patrón en una empresa establecida legalmente en México, entre ellas las del ramo turístico.

Articulo 133º Constitucional.
Permite la ratificación de convenios internacionales del trabajo, que constituye parte del derecho vigente nacional.

Artículos 115 y 116 constitucionales.
En estos artículos se garantiza el disfrute de los derechos fundamentales del servidor público, tales como la estabilidad en el empleo, protección al salario, y sobre todo, la capacitación,.

Relación del Derecho Laboral con Otras Ramas del Derecho

Derecho Comercial.
Su relación se encuentra principalmente en la formación de sociedades comerciales, que directamente serán parte del vinculo jurídico laboral.

Derecho Penal.
Esta rama del derecho indica lo que es legal para los empleados y los empleadores, imponiendo sanciones ligadas a actividades exclusivas del ambito del trabajo como lo es el acoso laboral.

Derecho Administrativo.
Se encarga de regular las relaciones laborales entre el Estado y los Empleados Públicos.

Derecho Cívil.
Las obligaciones ligadas siempre a el Derecho Laboral nacen del derecho civil y su legislación.

Fuentes del Derecho Laboral.

Constitución.
Aqui se establecen las garantías y libertades que tienen los individuos, y la protección de que gozan frente al Estado. En ellas han comenzado a incorporarse, en muchos países, derechos sociales que regulan garantías mínimas aseguradas a los trabajadores, y frente a sus empleadores.

Los tratados Internacionales.
Son una fuente directa de regulación de derechos laborales, que garantiza los trabajadores que los países parte del tratado respeten los derechos mínimos que los Estados firmantes se obligan a respetar. 

La Ley.
Las leyes son la principal fuente del Derecho laboral, en los Estados con estructura federal toda esta materia puede ser de competencia del gobierno central o de las entidades federadas.

Contratos de trabajo.
Es un convenio por el cual una parte se obliga a prestar una actividad o servicio y la otra parte se compromete a retribuirlo mediante un salario.
  • El contrato individual de trabajo sienta las bases de la relación trabajador-empleador. Este contrato es especialísimo, propio de su especie, y contiene cuatro elementos principales,
    • Las partes, trabajador y empleador
    • El vínculo de subordinación de parte del trabajador para con el empleador,
    • Los servicios personales realizados por el trabajador,
    • La remuneración (Salario)a recibir por el trabajador.

Leyes no laborales de aplicación supletoria.
La legislación laboral se encuentra en normas que pertenecen a otras disciplinas, como por ejemplo al Derecho Comercial o al Derecho Civil, que se aplican para suplir las cuestiones no previstas en la legislación laboral.