Ir al contenido principal

Entradas

Consecuencias jurídicas del concubinato

El concubinato se equipara al matrimonio, surtiendo todos los efectos legales de éste, el concubinato es un matrimonio aparente, y a su alrededor se constituye el grupo familiar por lo que ante la ley es considerado como tal.

Concubinato

El Concubinato es la relación marital de un hombre con una mujer sin estar unidos bajo el vínculo matrimonial. Es reconocido por el Derecho, aceptado socialmente dentro de ciertas circunstancias y tiene la capacidad de producir consecuencia juridicas. Normalmente, el concubinato tenía lugar cuando la unión matrimonial era imposible por falta de los presupuestos necesarios para las justas nupcias, o cuando por alguna razón faltaba el honor matrimonial.

Impedimentos para contraer matrimonio.

Aunque pueden variar dependiendo la legislación a la que se encuentren sometidos los sujetos que desean crear el vinculo conyugal los impedimentos para contraer matrimonio comúnmente son: La consanguinidad entre ascendientes y descendientes sin limitación; La consanguinidad entre hermanos o medio hermanos;  El vínculo derivado de la adopción plena,  el derivado de la adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre sí, y adoptado e hijo de adoptante. Los impedimentos derivados de la adopción simple subsistirán mientras ésta no sea anulada orevocada; La afinidad en línea recta en todos los grados; Tener menos de dieciocho años;  El matrimonio anterior, mientras subsista; Haber sido autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges; La privación permanente o transitoria de la razón, por cualquier causa ...

Requisitos de fondo y forma para la celebración del matrimonio

Para que exista un matrimonio válido y lícito es necesaria la reunión de requisitos de fondo y requisitos de forma. Los requisitos de fondo son: La diversidad del sexo de los contrayentes(con exepcion de algunas legislaciones),  La ausencia de impedimentos establecidos por la ley; Que el consentimiento se exprese libre de vicios. Para los requisitos de forma lo fundamental es que el consentimiento se otorge ante el oficial público facultado para consumar el matrimonio de los contrario su ausencia provoca la inexistencia del vinculo conyugal. El resto de la falta de formas puede subsanarse. 

Matrimonio

El matrimonio es una figura jurídica cuya función es crear un vínculo conyugal entre sus miembros. creando un lazo reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. La unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados por los cónyuges, según lo que establezcan las normas de sistema de parentesco vigente.

Elementos de los esponsales

Elementos Esenciales: Consentimiento:  El consentimiento se comprenda por la ley al hablar de la promesa de matrimonio y de su aceptación.  Objeto: El obejto sera siempre el de contraer matrimonio. Elementos de validez : Capacidad:  se exije la capacidad para celebrar actos juridicos y obligarse por lo tanto los menores de 16 años no podran contraer esponsales. Contrato de esponsales: En este contrato debe de manifestarse libremente y en una forma no violenta sin error ni dolo la voluntad. Y en caso de que existiese alguno de estos vicios el contrato quedará afectado de nulidad relativa.

Naturaleza Jurídica de los esponsales

Los esponsales constituyen un verdadero contrato, dotado de la fuerza obligatoria inherente a todo contrato, y generador de responsabilidad contractual en el caso de ruptura injustificada por parte de los contratantes. Cada uno de los novios es libre de provocar la aplicación y de exigir el pago de daños y perjuicios al cumplimiento de su obligación de hacer. Estos daños y perjuicios deben de evaluarse de acuerdo el uso de la logica y razon.