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Concepto de Comerciante

El concepto de comerciante comerciante se refiere a las personas que son objeto de regulación específica por el Derecho Mercantil, por lo tanto son comerciantes las personas que, de manera habitual, se ocupan en alguna de las actividades que las leyes mercantiles consideran  actos de comercio . La habitualidad es un elemento fundamental de la definición pues no toda persona que realice un acto de comercio ocasional es considerado comerciante, sino que sólo es considerado como tal por desde el Derecho Mercantil quien se dedique al comercio de forma habitual.

Código de Comercio Texto Vigente.

En el campo del derecho, se conoce como código al conjunto de normas legales ordenadas y sistemáticas que regulan, de manera unitaria, una cierta materia. En el caso del código de comercio, se trata del conjunto de normas y preceptos que regulan las relaciones comerciales. Código de comercio texto vigente: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/2.htm.

Fuentes Supletorias del Derecho Mercantil

En México la legislación es muy clara al establecer la supletoriedad del Derecho Civil en el área mercantil en el caso de e lagunas o vacíos legislativos. El Código de Comercio vigente stablece en su articulo segundo que a falta de disposiciones de este ordenamiento y las demás leyes mercantiles, serán aplicables a los actos de comercio las del derecho común contenidas en el Código Civil Federal para el caso de suplir lagunas del Derecho Mercantil, es elevada a rango de aplicación federal. Tambien los usos mercantiles son fuentes supletorias y subsidiarias del Derecho Mercantil, algunos autores consideran que son la primera fuente ya que éste nace de los usos y costumbre y no del Derecho Legislativa. Admás suplen los silencios de la ley y de los contratos. (Cco. Arts. 304 y 333). Existen dos mecanismos que prevén la subsanación de éstos: vacíos: De aplicación general contenida en el Código de Comercio (Art. 1 y 2) y. Código de Comercio. (Art. 2°) A falta de disposiciones de este

Derecho Mercantil. Definición.

El Derecho mercantil  es la rama del derecho que regula los derechos, las relaciones juridicas y la conducta de las personas y empresas dedicadas al comercio. El Derecho mercantil incluye dentro de su jurisdicción: el transporte por tierra y mar, la marina mercante; seguros de vida y de accidentes, letras de cambio y la asociación. Como funcion también tiene regular los contratos de empresa, las prácticas de contratación, y la fabricación y venta de bienes de consumo. Muchos países han adoptado códigos civiles que contienen instrucciones completas de su legislación comercial. Es posible distinguir entre dos criterios dentro del derecho mercantil. El criterio objetivo es aquel que se refiere a los actos de comercio en sí mismos. En cambio, el criterio subjetivo está vinculado al individuo que se desempeña como comerciante. El Derecho Mercantil esta compuesto por varios elementos: Actos de comercio, intermediación en el cambio de bienes. Sujetos de la relación de derecho mer

La responsabilidad internacional del Estado

La responsabilidad internacional del Estado es el conjunto de relaciones jurídicas reguladas por el Derecho internacional público que sanciona   las conductas violatorias de las normas internacionales. Los sujetos de estas relaciones jurídicas son Estado infractor, el Estado perjudicado, una pluralidad de Estados o la comunidad internacional en su conjunto. Elementos: Los elementos esenciales son: Existencia de un acto u omisión que viola una obligación establecida por una regla de derecho internacional vigente entre el Estado responsable del acto u omisión y el Estado perjudicado por dicho acto u omisión El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica. Debe haberse producido un perjuicio o un daño como consecuencia del acto ilícito. Estos elementos han sido confirmados por la practica del Estado, la jurisprudencia y la doctrina como requisitos esenciales para el nacimiento de la responsabilidad internacional. El elemento subjetivo, es decir la condición de

La Responsabilidad Patrimonial del Estado.

La responsabilidad del Estado por daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes. Soberanía y Liberad. La realización del bien común, por parte de los órganos públicos que dan vida a la actuación de la persona jurídica colectiva Estado, esta sometida a los principios del Estado de Derecho, toda vez que en nuestro régimen legal la persona jurídica Estado, conforme a los artículos 39, 40 y 41, es instituida por voluntad del pueblo para su beneficio; en consecuencia, las actividades del Poder Público están vinculadas con el conjunto de las normas que integran el régimen legal vigente. La Responsabilidad directa o sin falta. La administración al actuar legalmente puede causar un perjuicio a un particular ningún reproche puede hacerse al funcionario que ha

Infracciones y Delitos.

Existen dos figuras distintas en que el estado hace uso de su facultad punitiva ; infracciones y delitos, cada uno con sus correspondientes consecuencias que son sanciones y penas. Las infracciones se llevadas acabo por autoridades administrativas y en los delitos autoridades judiciales mediante procedimientos distintos, al respecto hay diferentes teorías que pretenden diferenciar las infracciones de los delitos, siendo las mas importantes la cualitativa, la cuantitativa y legislativa. La teoría cualitativa: En esta teoría el delito se constituye por conductas que atentan directamente en contra de los derechos subjetivos de los ciudadanos, en consecuencia se violan los derechos naturales o fundamentales que la norma protege. Las infracciones por su parte están enmarcadas en un hecho de ilicitud que lesionan el funcionamiento de la administración pública, desde el momento en que lo perturban. Teoría Cuantitativa: Esta teoría se reduce a la naturaleza de las conductas que constituyen d