Características de los Alimentos

Como características de los alimentos encontramos:
    • Es un derecho y una obligación recíproca. O sea, "El que los da a su vez tiene derecho a pedirlos".
    • Es una obligación personal e intransmisible.
    • No cabe la compensación.
    • No caben transacciones.
    • Requiere de una declaración judicial.
    • No se extingue por cumplirse si es que subsiste la necesidad.
    • Las pensiones pasadas caducan.
    • El derecho de alimentos comprende "la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad".
    • La obligación de dar alimentos termina al acabar la necesidad del acreedor o la posibilidad del deudor o por conducta indebida del acreedor.
    • También acaba, en el caso de los hijos, cuando estos cumplen la mayoría de edad."