Clasificación de las Servidumbres

Por razón de su ejercicio las servidumbres se clasifican como contínuas o discontínuas.
  • Continuas. Son aquellas cuyo ejercicio es continuo sin la necesidad de un hecho actual del hombre para tal ejercicio. 
  • Discontinuas. Son aquellas que requieren del hecho del hombre para ser ejercidas.
Tomando en cuenta los signos exteriores, se clasifican en aparentes y no aparentes.

  • Aparentes. son aquellas que se anuncian por signos exteriores como un portón, una ventana para la vista.
  • No aparentes. son las que no se manifiestan por ningún signo, como la prohibición de elevar un edificio a cierta altura.
Las servidumbres también pueden ser clasificadas como afirmativas o positivas.
  • Afirmativas o positivas. Es aquella que permite al propietario del fundo dominante cumplir cualquier acto sobre el fundo sirviente. Estas servidumbres pueden ser, continuas o discontinuas, aparentes o no aparentes.
  • Negativas. Es aquella mediante la cual el titular tiene derecho de impedir al propietario del fundo sirviente hacer cualquier cosa que, en fuerza de su derecho de propiedad, estaría facultado para hacer. Estas servidumbres sólo pueden ser continuas o no aparentes.