Facultades y obligaciones de los integrantes del Ayuntamiento.

Facultades y obligaciones de los integrantes del Ayuntamiento.
  • Formular, aprobar y expedir lo relativo al Bando de Policía y Buen Gobierno, establecer los acuerdos y disposiciones de carácter general que sean necesarios para la organización y funcionamiento de la administración y de los servicios públicos.
  • Designar las comisiones para la inspección y vigilancia de los diferentes aspectos de la administración y los servicios públicos municipales.
  • Organizar la estructura y funcionamiento de la administración pública municipal.
  • Nombrar y renovar al secretario del ayuntamiento, al tesorero municipal, al jefe de la oficina de obras y servicios públicos, al comandante de policía y demás funcionarios de la administración pública, a propuesta del presidente municipal.
  • Analizar, discutir y aprobar el presupuesto de egresos y la iniciativa de ley de ingresos del municipio.
  • Velar por que se recauden oportuna y correctamente los ingresos municipales.
  • Presentar al congreso local en tiempo y forma las cuentas y comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos.
  • Expedir licencias, permisos y autorizaciones propias de su competencia.
  • Celebrar convenios con las dependencias federales, estatales y con otros ayuntamientos para la realización de obras o la prestación de servicios públicos.
  • Aprobar los planes y programas de desarrollo urbano municipal.
  • Intervenir de acuerdo con las leyes federales y estatales en la regularización de la tenencia de la tierra urbana.
  • Fomentar las actividades productivas, educativas, sanitarias, culturales y deportivas.