Facultades y obligaciones de los integrantes del Ayuntamiento.
- Formular, aprobar y expedir lo relativo al Bando de Policía y Buen Gobierno, establecer los acuerdos y disposiciones de carácter general que sean necesarios para la organización y funcionamiento de la administración y de los servicios públicos.
- Designar las comisiones para la inspección y vigilancia de los diferentes aspectos de la administración y los servicios públicos municipales.
- Organizar la estructura y funcionamiento de la administración pública municipal.
- Nombrar y renovar al secretario del ayuntamiento, al tesorero municipal, al jefe de la oficina de obras y servicios públicos, al comandante de policía y demás funcionarios de la administración pública, a propuesta del presidente municipal.
- Analizar, discutir y aprobar el presupuesto de egresos y la iniciativa de ley de ingresos del municipio.
- Velar por que se recauden oportuna y correctamente los ingresos municipales.
- Presentar al congreso local en tiempo y forma las cuentas y comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos.
- Expedir licencias, permisos y autorizaciones propias de su competencia.
- Celebrar convenios con las dependencias federales, estatales y con otros ayuntamientos para la realización de obras o la prestación de servicios públicos.
- Aprobar los planes y programas de desarrollo urbano municipal.
- Intervenir de acuerdo con las leyes federales y estatales en la regularización de la tenencia de la tierra urbana.
- Fomentar las actividades productivas, educativas, sanitarias, culturales y deportivas.