Bienes susceptibles de prescribir

Sólo son prescriptibles las cosas que están en el comercio,  Aunque la jurisprudencia ha tratado en alguna ocasión de enumerar cuáles son estos bienes,  la prescripción se trata de una cuestión que ha de resolverse en cada caso concreto, pues resulta imposible comprender en una lista todos los posibles supuestos; un ejemplo claro son las cosas sagradas o los títulos nobiliarios.

Pueden adquirirse por medio de la prescripción los derechos de contenido patrimonial y que al mismo tiempo son de carácter disponible, es por esta razón que no prescriben los derechos relativos al estado civil, a la personalidad y los derechos de familia.