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Garantías de Igualdad

Garantía de igualdad se refiere a la protección que tiene cualquier persona frente a la discriminación en todas sus formas, incluyendo la igualdad ante la ley y la igualdad en derechos y oportunidades. En otras palabras, se trata de un principio fundamental del derecho mexicano que busca garantizar que todas las personas, sin distinción alguna, tengan acceso a los mismos derechos y oportunidades, y que no sean discriminadas en función de su género, edad, origen étnico, condición social, orientación sexual o cualquier otra característica personal o social.

En la Constitución mexicana las garantías de igualdad se encuentran consagradas en los siguientes artículos:
  • Art. 1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.
  • Art. 2º Derecho de los pueblos y las comunidades indígenas.
  • Art. 4º Igualdad de derechos sin distinción de sexo.
  • Art. 12º Prohibición de títulos nobiliarios.
  • Art. 13º Prohibición de fueros.
Articulo 1.- Establece textualmente “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga ésta Constitución, los cuales no podrán restringirse, ni suspenderse, sino en los casos y en las condiciones que ella misma establece” Este artículo dispone una verdadera garantía de igualdad, puesto que barca a todos los individuos que se encuentren en el territorio nacional, tienen la protección absoluta de las leyes.

Articulo 2.- Reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación, la autonomía, el desarrollo, la igualdad y la no discriminación.

Artculo 4.- Se refiere a la igualdad entre el hombre y la mujer. Al disponer que el varón y la mujer son iguales ante la ley, queda plenamente establecida la igualdad jurídica de las personas.

Articulo 5.- Le otorga libertad a los ciudadanos para elegir el trabajo u oficio que consideren mejor, siempre y cuando este no sea contrario a las leyes, eliminando de esta forma cualquier tipo de esclavitud o trabajo forzado.

Articulo 12.- Dispone que en los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios. En la gran familia mexicana nadie es noble ni tampoco plebeyo, todos los hombres estamos colocados en una misma situación de igualdad social.

Articulo 13.- Establece que nadie puede ser juzgado por leyes privadas ni por tribunales especiales. Ninguna persona puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos. Esta garantía consagra varias garantías de igualdad como son; el que nadie pude ser juzgado por leyes privativas; la de que nadie pude ser juzgados por Tribunales especiales; la de que ninguna persona o corporación pude tener fuero, etc. En este articulo encontramos la máxima expresión en lo que se refiere a igualdad en la legislación Mexicana.
 
En suma, la garantía de igualdad en el derecho mexicano es un principio fundamental que se encuentra plasmado en diversos artículos de la Constitución y que busca proteger a todas las personas de la discriminación en todas sus formas.

 



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