Ir al contenido principal

Evolución Historica de la Propiedad

Periodo Romano.
En esta época se forma la idea básica de la propiedad idea y se desarrolla en dos etapas:

Periodo Arcaico.
Nace el derecho primitivo sobre el suelo basando su existencia en la institución de familia donde esta es la titular, con en Páter Familias con la potestad de disponer el bien, se crea por primera vez una propiedad colectiva, pero privada y no pública.

A raíz de las conquistas, Roma confisca nuevas tierras con la intención de dar la posesión a particulares, contra el pago de una tasa anual esta situación da pie a generar un nuevo derecho a quien consigue la ocupación.

Periodo Clásico.
Nace la propiedad plena romana, donde los únicos que la ejercía eran los ciudadanos romanos. También aparece la figura de la propiedad provincial, pretoria o peregrina. El pretor considera que existían propiedades que nos e hallaban bajo la propiedad quiritaria y debían ser protegidas.

En esta etapa la posesión es considerada como una relación de hecho, pero adaptada a las necesidades, la práctica y asimilada unas veces a la posesión material y otras al derecho de poseer.

Periodo de bajo imperio.
En esta época la propiedad pretoria, peregrina y provincial desaparece por completo mientras la posesión adquiere su mayor evolución, al señalarse que la posesión por excelencia es la posesión del propietario o del que cree ser titular, demostrando a través de un justo título de adquisición, para lo cual debía demostrar buena fe, justo título y duración.

Edad Media.
Una característica esencial de esta época es la confusión que existía en relación a los vínculos personales y los vínculos reales.

La existencia de los señoríos crea una figura parecida a un Jefe Rural los cuales tenían total autonomía, llevándolos a mezclar soberanía y propiedad.

El régimen de los feudos más relacionado al derecho privado que al público, se convierte en un derecho concreto de propiedad que subsistiría hasta 1,789, año en que la Revolución Francesa pondría fin radicalmente al feudalismo.

Periodo contemporáneo.
Por primera vez se consideró la propiedad como un elemento para el desarrollo integral de la sociedad. También es importante la creciente intervención por parte del Estado en la economía, punto que se reflejaría con mayor énfasis después de las guerras mundiales.

Entradas más populares de este blog

Cheque para abono en cuenta.

¿Que es el cheque para abono en cuenta? Es la colocación de estas palabras en el documento y significa que el cheque no puede ser pagado en efectivo, sino solamente puede ser depositado en una cuenta (de cualquier banco) a nombre del beneficiario.  ¿Que función tiene el cheque para abono en cuenta? En caso de robo o extravío no podrá cobrarlo persona alguna que no sea el beneficiario en la cuenta y nombre señalados, pues solamente la persona indicada en el documento puede hacer valido el cheque. ¿Que características tiene? Al contrario que el cheque cruzado este no puede ser negociable, con lo cual tendrá la seguridad de que este cheque no será pagado en efectivo por el banco, sino que sólo se podrá abonar su importe en la cuenta del beneficiario. Una vez que la leyenda ”para abono en cuenta“ haya sido escrita en el cheque, ésta no se puede borrar o alterar, de lo contrario el documento no será valido para su cobro en el banco, por lo que es recomendable...

Fuentes formales del derecho

Las fuentes formales del derecho son aquellas que establecen la creación, aplicación e interpretación de las normas jurídicas. Estas fuentes pueden variar según el sistema jurídico de cada país, pero en términos generales se reconocen las siguientes: La Constitución: Es la ley fundamental de un país y establece las normas y principios que rigen la organización del Estado y la relación entre los ciudadanos y el gobierno. La ley: Son normas dictadas por el poder legislativo y que tienen como objetivo regular las distintas materias que afectan a la sociedad. Las leyes pueden ser ordinarias o especiales. La jurisprudencia: Son las decisiones adoptadas por los tribunales y que establecen criterios interpretativos para resolver casos similares en el futuro. La jurisprudencia es una fuente formal del derecho cuando se convierte en una doctrina establecida por la repetición de criterios de varios tribunales. Los tratados internacionales: Son acuerdos entre dos o más países que establecen ...

Pagaré domiciliado

La doctrina, con relación al pagaré domiciliado, distingue dos clases de domiciliación: La completa . En la que el nombre del domiciliatario acompaña a la designación del domicilio en que debe hacerse el pago.  Incompleta o simple.  cuando sólo consta un domicilio distinto al del obligado principal, para el pago del documento. Estas dos clases de domiciliación producen diversas consecuencias: Si la domiciliación es completa, el pagaré debe ser presentado para su pago al domiciliatario en el lugar señalado, y si éste no paga, el documento debe protestarse, dado que si se omite este requisito, se producirá la caducidad de las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el suscriptor. Si la domiciliación es simple, el título debe ser presentado para su pago al suscriptor en el domicilio señalado en el mismo, sin que sea necesario, en caso de incumplimiento de éste, protestar el título para que el tenedor conserve sus acciones y derechos contra el propio obligado pri...