Ir al contenido principal

Gnoseología jurídica.

Ggnoseología es la parte de la filosofía que estudia el conocimiento humano . Se forma a partir de la palabra griega " gnosis " que significa "conocimiento" y " logos " que significa "doctrina, teoría". Puede ser entendida como la teoría general del conocimiento, en la que se refleja sobre la concordancia del pensamiento entre sujeto y objeto. En este contexto, el objeto es algo exterior al espíritu, una idea, un fenómeno, un concepto, etc., pero visto de forma consciente por el sujeto.

El objetivo de la gnosiología es reflexionar sobre el origen, esencia y límites del conocimiento, del acto cognitivo (acción de conocer).

Gnoseología jurídica.
Es la rama de la Filosofía General que estudia única y exclusivamente al conocimiento Jurídico, es decir, el Derecho. (Sólo abarca el conocimiento del Derecho): limita la capacidad de estudio; porque si la Gnoseología estudia las ciencias en general; la Gnoseología jurídica solo se encarga del estudio y la explicación del Derecho y dentro de la Gnoseología jurídica es que vamos a conseguir la clasificación de los tipos o grados del conocimiento jurídico, según la materia (Filosofía del derecho), se dice que la Gnoseología jurídica nos da tres grados o tipos de conocimiento que son:
  • El conocimiento empírico o vulgar: Dentro de la clasificación de los grados del conocimiento jurídico comenzamos de menor a mayor. De los más simples a los más complejos. Por eso se comienza por el conocimiento empírico o vulgar: que es el grado de conocimiento menor, mediante una simple captación de la realidad, a través, o con la ayuda de los sentidos. Recordemos que va desde el alumbramiento materno hasta el día en que mamá nos toma de la mano y nos lleva por primera vez a un centro educativo. El hombre en su primera fase inicial comienza a evolucionar en el crecimiento físico, cronológico y a través de la edad se establece que el conocimiento del hombre es empírico o vulgar, ese conocimiento lo consigue poco a poco a través de las vivencias del día a día. Este conocimiento es única y exclusivamente obtenido mediante los sentidos. Por eso se dice que es el grado de conocimiento menor.
  • El conocimiento científico o racional: Es un grado superior al conocimiento empírico y cuya única fuente es el intelecto, la mente o la razón. Se dice que este segundo grado del conocimiento supera al conocimiento empírico o vulgar, justamente porque su fuente es el conocimiento o la razón y comienza desde ese día que mamá nos lleva a un centro educativo y concluye con el títilo universitario, fecha hasta la cual se estará incurso en un grado o tipo de conocimiento científico o racional.
  • Conocimiento filosófico: Es el grado mas elevado del saber, al que puede aspirar el intelecto humano. Este esta en escala superior a los dos grados de conocimientos anteriores y llegamos a esta tercera fase del conocimiento filosófico desde el momento mismo en que obtienen el titulo universitario, y se le esta dando paso al conocimiento filosófico. Si quien tiene un titulo de técnico superior puede sentirse plenamente convencido si efectivamente en su escala del intelecto humano conoce el 99% de lo que está ejerciendo, será un conocimiento filosófico.
La epistemología es también una teoría del conocimiento pero se distingue de la gnosiología por estar asociada al conocimiento científico (episteme) o sea, a las investigaciones científicas y todos los principios, leyes e hipótesis

Entradas más populares de este blog

Cheque para abono en cuenta.

¿Que es el cheque para abono en cuenta? Es la colocación de estas palabras en el documento y significa que el cheque no puede ser pagado en efectivo, sino solamente puede ser depositado en una cuenta (de cualquier banco) a nombre del beneficiario.  ¿Que función tiene el cheque para abono en cuenta? En caso de robo o extravío no podrá cobrarlo persona alguna que no sea el beneficiario en la cuenta y nombre señalados, pues solamente la persona indicada en el documento puede hacer valido el cheque. ¿Que características tiene? Al contrario que el cheque cruzado este no puede ser negociable, con lo cual tendrá la seguridad de que este cheque no será pagado en efectivo por el banco, sino que sólo se podrá abonar su importe en la cuenta del beneficiario. Una vez que la leyenda ”para abono en cuenta“ haya sido escrita en el cheque, ésta no se puede borrar o alterar, de lo contrario el documento no será valido para su cobro en el banco, por lo que es recomendable...

Fuentes formales del derecho

Las fuentes formales del derecho son aquellas que establecen la creación, aplicación e interpretación de las normas jurídicas. Estas fuentes pueden variar según el sistema jurídico de cada país, pero en términos generales se reconocen las siguientes: La Constitución: Es la ley fundamental de un país y establece las normas y principios que rigen la organización del Estado y la relación entre los ciudadanos y el gobierno. La ley: Son normas dictadas por el poder legislativo y que tienen como objetivo regular las distintas materias que afectan a la sociedad. Las leyes pueden ser ordinarias o especiales. La jurisprudencia: Son las decisiones adoptadas por los tribunales y que establecen criterios interpretativos para resolver casos similares en el futuro. La jurisprudencia es una fuente formal del derecho cuando se convierte en una doctrina establecida por la repetición de criterios de varios tribunales. Los tratados internacionales: Son acuerdos entre dos o más países que establecen ...

Pagaré domiciliado

La doctrina, con relación al pagaré domiciliado, distingue dos clases de domiciliación: La completa . En la que el nombre del domiciliatario acompaña a la designación del domicilio en que debe hacerse el pago.  Incompleta o simple.  cuando sólo consta un domicilio distinto al del obligado principal, para el pago del documento. Estas dos clases de domiciliación producen diversas consecuencias: Si la domiciliación es completa, el pagaré debe ser presentado para su pago al domiciliatario en el lugar señalado, y si éste no paga, el documento debe protestarse, dado que si se omite este requisito, se producirá la caducidad de las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el suscriptor. Si la domiciliación es simple, el título debe ser presentado para su pago al suscriptor en el domicilio señalado en el mismo, sin que sea necesario, en caso de incumplimiento de éste, protestar el título para que el tenedor conserve sus acciones y derechos contra el propio obligado pri...