Ir al contenido principal

Entradas

Requisitos para la Adopción (Mexico)

En México pueden adoptar aquellos matrimonios mayores de 25 años y 17 años mayores que el adoptado, cada Estado mexicano regula la adopción en su propia legislación civil y en algunos estados se acepta la adopción de personas solteras, no se aceptan las parejas unidas en concubinato y se da prioridad a los matrimonios sin hijos. Los requisitos fundamentales para adoptar en México son: Mayor de 25 años.  Si se es casado, la o el cónyuge deberá estar conforme en considerar al adoptado como hijo propio. Tener medios suficientes para brindar lo necesario para la subsistencia y educación del adoptado.  Integrar expediente con todos los documentos solicitados, debidamente traducidos, si se presentan en idioma diferente al español. Tener 17 años o más que el adoptado. La persona debe ser reconocida por la sociedad como una persona de moral y buenas costumbres. Tener buena salud. Si el menor que se va a adoptar es mayor de 12 años, también se requiere de su consentimiento...

Requisitos para la Adopcion (Colombia)

Los requisitos para adoptar en Colombia son: Ser plenamente capaz de constituir actos juridicos. 25 años de edad cumplidos Demostrar un estado considerado aceptado ya sea física, mental, moral y social  para ofrecerle un desarrollo estable a un menor de 18 años de edad. Tener al menos 15 años más que el adoptable. Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006:  ¿A quiénes se puede adoptar? (Art. 63) (Art. 69) Niñas, niños o adolescentes menores de 18 años con declaratoria de adoptabilidad. Niñas, niños o adolescentes cuya adopción haya sido consentida previamente por sus padres. Niñas, niños o adolescentes de 18 años cuya adopción haya sido autorizada por el defensor de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuando el niño no se encuentre en situación de adoptabilidad y carezca de representante legal. También, puede adoptarse: Al hijo de uno de los cónyuges o compañero (a) permanente, que podrá ser adoptado por el otro. Podrá adop...

Adopción

La adopción es el nacimiento de una filiación artificial por medio de un acto civil, en el cual se hace de un hijo biológicamente ajeno, un hijo propio. Es Una medida de protección al niño y al adolescente mediante la cual, bajo la tutela del Estado se establece de manera irrevocable la relación paterno – filial entre personas que no la tiene en razón de sangre. El adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea.

Obtención de líneas y grados del parentesco

Los vínculos de parentesco consanguíneo se organizan en líneas de parentesco formadas por una serie consecutiva de grados. Línea recta. Es la serie de grados existente entre personas que descienden una de la otra. En las líneas rectas de parentesco cada generación cuenta como un grado. Por ejemplo, entre padre e hijo hay un grado de separación y entre un abuelo y un nieto hay dos grados. Línea recta ascendente. Une a alguien con aquellos de los que desciende de manera directa: padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos. Línea recta descendente. Liga al ancestro con los que descienden sucesivamente de él de manera directa: hijos, nietos, bisnietos, tataranietos.

Fuentes del parentesco

Definido el parentesco como las relaciones jurídicas familiares que se derivan de dos fenómenos biológicos la unión de los sexos mediante el matrimonio, y la procreación a partir de la filiación- y de un hecho civil encaminado a suplir al fenómeno biológico de la procreación, la adopción. Estos tres tipos de hechos son los únicos que originan a las relaciones de parentesco, de ahí que el matrimonio, filiación y adopción constituyan las tres grandes fuentes del parentesco.

Parentesco

El parentesco puede ser definido como la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza o ley; en particular, se puede señalar que el parentesco es el nexo jurídico que existe entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes de otro consorte, o entre el adoptante y el adoptado. La relación que nace a partir del parentesco es permanente y abstracta , y genera derechos y obligaciones tanto entre los miembros de la relación como en lo que se refiere a terceros, que se conoce como estado civil o familiar, y se identifica como un atributo de la personalidad. 

Violencia Intrafamiliar

La Violencia intrafamiliar es el uso de fuerza física o comportamiento intimidante por un miembro adulto del hogar hacia otro que forma parte tambien del el nucleo familiar. Cualquier persona puede ser víctima de violencia doméstica independientemente de su herencia étnica, edad, preferencia sexual o nivel socioeconómico. El autor de un hecho ilícito debe reparar los daños y perjuicios que con tal hecho cause a otra persona, a menos que demuestre que el daño o el perjuicio se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima. Esta responsabilidad puede ser a cargo de una persona que no sea la autora del hecho ilícito, en los casos en que así lo disponga la ley. La Violencia intrafamiliar es considerada como causal de divorcio por la mayoria de las legislaciones civiles.