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Culpabilidad como Elemento del Delito.

Teorías que explican la culpabilidad como elemento de delito: Psicologista. La teoría psicologista define la culpabilidad como la relación psicológica del autor, con su hecho; su posición psicológica frente a él. Esa relación puede ser más indirecta y aún radicar en un no prever (caso de culpa), pero esta vinculada en un mayor o menor grado con la acción. Normativista. Para esta teoría el contenido de la culpabilidad no se agota con los elementos psicológicos contenidos en el dolo y la culpa y l a culpabilidad es un juicio formulado sobre una situación de hecho, generalmente psicológica, consecuencia de la cual es reprochable. Elementos de la Culpabilidad. Dolo . Es la producción de un resultado típicamente antijurídico, con consciencia de que se quebranta la ley, con conocimiento de las circunstancias del hecho y  la relación de causalidad existente entre la manifestación humana y el cambio del mundo exterior, y con voluntad de realiza...

La Antijuridicidad como Elemento del delito.

La Antijuridicidad es uno de los elementos esenciales para la configuración del delito. Se le define como aquello contrario al derecho. Este elemento supone que la conducta que se ha realizado está prohibida por el ordenamiento jurídico. Elementos de la Antijuricidad. La antijuridicidad requiere para su existencia de dos elementos, primero que se dé como consecuencia de la tipicidad   y que ésta sólo existirá en los casos en que no se presente una causa de justificación . Causas de justificación. Las causas de justificación del delito representan el   aspecto negativo de la antijuricidad y estas son: Legítima Defensa.  La legitima defensa se presenta cuando a causa de una agresión real , ac tual o inminente y sin derecho , en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos repeleliendo una agresión exista la necesidad de la defensa y que no exista provocación dolosa suficiente por parte del agredido o de la persona a quien se def...

Tipicidad Como Elemento del Delito

La tipicidad es el elemento esencial para la configuracion del delito, sin este elemento exterior de conducta subjetiva es imposible su existencia. Esta dentro del tipo penal toda conducta que mediante una acción u omisión se ajusta a los supuestos jurídicos establecidos como delito o falta dentro de un ordenamiento legal, para que una conducta sea típica, debe estar especificada detalladamente como delito o falta dentro de una norma penal. Se denomina tipicidad al encuadramiento de la conducta humana al tipo penal. Así cuando la ley describe el homicidio diciendo "el que prive de la vida a otro", la conducta típica está dada por el hecho concreto de matar a otro. Características de los elementos del tipo delictivo. Elemento objetivo . Se refiere a los elementos corpóreos o materiales. Elemento subjetivo . Se refiere al dolo o a la culpa. Elementos subjetivo específico . Se refiere a los elementos diferentes del dolo o la culpa, ejemplo: con ánimo, do...

Concepto de Delito

El jurisculto  Francesco Carrara define al delito como "La infraccion de la ley del estado promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos resultante de un acto externo del hombre positivo o negativo, moralmente imputable y políticamente dañoso". El jurista y criminologo Raffaele Garofalo  ve el delito desde el punto de vista natural o sociológico. dice que el delito existe en la naturaleza y siempre ha sido asi. Bajo esta premisa Garofalo define al delito como "El delito natural es una lesión en los sentimientos de piedad y probidad, según la medida media en que son poseídos por las razas superiores, medida que es necesaria para la adaptación del individuo a la sociedad. A través del tiempo han existido varias concepciones para tratar de estudiar la composición del delito, cuatro de ellas han sido consideras de suma importancia en razón de sus características y su composición y estas son   la concepción formal, conc...

Tentativa

La ley prevé la punición de la conducta que no llega a convertirse en delito por causa de un agente externo a la voluntad del infractor, a esta sanción se le denomina  tentativa. No todo “Iter criminis” puede ser penado, pues de ser así, la seguridad jurídica se perjudicaría, en razón de que estaríamos penando la idea, es decir, etapas que son puramente internas del autor. Hay dos clases de tentativa llamadas tentativa acabada e inacabada : Tentativa acabada o delito frustrado.  En esta el delincuente realiza todos los actos necesarios para ejecutar el delito, pero no consigue el efecto por una causa fortuita que este mismo no previo. Tentativa inacabada.  El sujeto no consigue el resultado típico ya que se interrumpe la realización de los actos ejecutivos correspondientes para conseguir el efecto esperado, pero esta interrupción proviene de circunstancia ajenas a su voluntad, porque si éste termina por su propia voluntad, la realización de la conducta típica es...

Monarquía Española

La Monarquía Española es una de las organizaciones políticas mas interesantes que existen cuya trayectoria va desde la unión dinástica de los reinos peninsulares en los descendientes de los Reyes Católicos, reformándose durante el nuevo régimen hasta la actualidad en España, interrumpida únicamente en los períodos de la Primera República (1873–1874), la Segunda República (1931–1939) y el régimen franquista (1939–1975). La actual Constitución española de 1978 adopta como forma política del Estado español la monarquía parlamentaria, según se expresa en su artículo 1.3. En el título II de la misma se contiene el régimen regulador de la Corona.

Clasificación de los Tipos Delictivos

Los tipos delictivos se pueden clasificar: Según su gravedad. Crímenes y Delito.  Crimen y delito son términos usados como sinónimos pero su diferencia radica en que "delito" es genérico, y por "crimen" se entiende un delito de mayor gravedad. Tanto el delito como el crimen son categorías presentadas habitualmente como universales; sin embargo los delitos y los crímenes son definidos por los distintos ordenamientos jurídicos vigentes en un territorio o en un intervalo de tiempo. Falta o contravención. en Derecho penal, es una conducta delictiva que pone en peligro un bien jurídico tutelado por las leyes, pero que es considerado de gravedad menor y por lo tanto, no es considerada como un delito. Las faltas cumplen con todos elementos de un delito (tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). La única diferencia es que la misma ley lo califica como falta, no como delito, atendiendo a su menor gravedad.  Por su Resultado.  Materiales. ...