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Código Penal para el Estado de Tlaxcala

Fecha de publicación: 31 de Mayo de 2013 Ámbito: Estatal Estatus: Vigente Tipo: Código Penal Última reforma: 18-Junio-2015 Puedes ver el Código Penal para el Estado de Tlaxcala en el siguiente enlace o descargarlo en la parte superior del documento. Código Penal Tlaxcala

 Código Número 586 Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave

Código publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el viernes 7 de noviembre de 2003. Ámbito: Estatal Estatus: Vigente Tipo: Código Penal Ver Código Penal Última reforma publicada en el diario oficial el 19 de Mayo de 2015 Puedes ver el Código Penal para el Estado de Veracruz en el enlace o descargarlo en la parte superior del documento.

Código Penal para el Estado de Yucatan

Código publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el jueves 30 de marzo de 2000. Ámbito:  Estatal Estatus:  Vigente Tipo:  Código Penal Última reforma publicada el 28 de junio de 2014 Puedes ver el Código Penal para el Estado de Yucatan en el siguiente enlace o descargarlo en la parte superior del documento. Ver CPEY URP 28\06\2015

Codigo Penal para el Estado de Zacatecas

Código publicado en el Suplemento al Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 17 de mayo de 1986. Ámbito: Estatal Estatus: Vigente Tipo: Código Penal Ultima reforma publicada en el diario oficial el 1 de julio de 2015 Puedes ver de forma directa el texto actualizado de la Constitución Política del Estado de Zacatecas en el siguiente enlace o puedes descargarlo en la parte superior del documento. Ver Codigo Penal para el Estado de Zacatecas

Terminación de la huelga.

El artículo 469 de la Ley Federal del Trabajo establece las causas en las que la huelga terminará, estas causas son divididas en cuatro fracciones que abarcan las circunstancias en que podrá desaparecer el movimiento de huelga y por lo tanto dejara de tener efecto sobre la suspensión legítima de las actividades laborales. Las causas de terminación de la huelga son: La voluntad de las partes, cuando el sindicato o colectivo jurídico y la empresa o sindicato de patrones llegan a un acuerdo sobre los puntos expuestos en la negociación. Cuando el patrón accede a cumplir las peticiones de los trabajadores y paga los salarios caídos. Por el dictamen de un lauda arbitral de las personas o comisión que hallan establecido las partes. Por laudo dictado por la junta de conciliación y arbitraje cuando los trabajadores someten a este su decisión.

Huelga lícita, existente o inexistente

El derecho a huelga tiene limitaciones establecidas por la propia ley con la intención de evitar que la suspensión de actividades laborales se haga de manera injustificada, de forma violenta o que de alguna forma represente un peligro para el desarrollo del país y su bienestar social. Para que la huelga produzca sus efectos legales será necesario que sea considerada legítima, existente y justificada. Para que exista justificación que acredite y de validez al recurso de huelga, será necesario que las causas que den origen al descontento del colectivo laboral sean imputadas directamente al patrón o empresa, es decir que para que la huelga surta sus efectos deberá existir un supuesto donde los derechos de los trabajadores sean vulnerados, o que las circunstancias en que se desarrolle el trabajo hagan necesario la modificación de las condiciones laborales pactadas y que además teniendo el conocimiento de esto el patrón o empresa se negare a corregir la situación después de la revisión...

Huelga

La huelga es una figura jurídica que encuentra su fundamento en la legislación laboral y consiste en la suspensión legitima de las actividades laborales por parte de los trabajadores y funciona como una forma de manifestación de descontento con las condiciones laborales, y como mecanismo de presión para modificar las estipulaciones pactadas en el contrato colectivo de trabajo. Es considerado uno de los derechos legítimos más importantes de los ciudadanos, pues es un instrumento que también protege los derechos de los trabajadores de los posibles abusos patronales o empresariales, ayudando junto con las condiciones laborales mínimas a que el trabajador goce de un trabajo digno y remunerador, las leyes internacionales la reconocen y consideran el derecho a huelga como una figura fundamental en cualquier sistema de organización política democrático.