Entre las características de los órganos desconcentrados podemos mencionar:
- Son unidades administrativas que forman parte de una entidad centralizada, como una secretaría de Estado o una dependencia.
- Tienen personalidad jurídica propia.
- Tienen cierta autonomía en la toma de decisiones y en la gestión de sus funciones, dentro de los límites que establece la ley.
- Tienen una estructura administrativa propia, con atribuciones y funciones específicas.
- Dependen jerárquicamente de la entidad centralizada a la que pertenecen.
Un ejemplo de órgano desconcentrado en México es el Instituto Nacional de Migración (INM), que forma parte de la Secretaría de Gobernación, pero tiene cierta autonomía en la gestión de sus funciones relacionadas con el control migratorio.
Otro ejemplo de órgano descentralizado en México es Petróleos Mexicanos
(Pemex), que tiene personalidad jurídica propia, patrimonio propio y
autonomía en la toma de decisiones y en la gestión de sus funciones
relacionadas con la exploración, producción y comercialización de
petróleo.
Por otro lado, los órganos descentralizados son aquellos que tienen personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en la toma de decisiones y en la gestión de sus funciones. Estos órganos se encuentran regulados en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Entre las características de los órganos descentralizados en México podemos mencionar:
- Tienen personalidad jurídica propia.
- Tienen autonomía en la toma de decisiones y en la gestión de sus funciones, dentro de los límites que establece la ley.
- Tienen una estructura administrativa propia, con atribuciones y funciones específicas.
- No dependen jerárquicamente de ninguna entidad centralizada.