La legislación laboral mexicana establece varios días de descanso
obligatorios para los trabajadores. En México el artículo 74 de la Ley
Federal del Trabajo establece cuales serán los días festivos, en que el
descanso del trabajador:
La legislación laboral mexicana establece siete días de descanso obligatorios para los trabajadores en México. Estos días están distribuidos a lo largo del año y tienen características especiales en cuanto a pago y remuneración en caso de trabajar en ellos.
- Día de Año Nuevo: El 1 de enero es un día de descanso obligatorio para los trabajadores en México.
- Día de la Constitución: El primer lunes de febrero se celebra el Día de la Constitución, y es un día de descanso obligatorio.
- Natalicio de Benito Juárez: El tercer lunes de marzo se celebra el natalicio de Benito Juárez, quien fue presidente de México y defensor de la soberanía nacional. Este día es un día de descanso obligatorio.
- Día del Trabajo: El 1 de mayo es el Día del Trabajo y es un día de descanso obligatorio en México.
- Día de la Independencia: El 16 de septiembre se celebra el Día de la Independencia de México, y es un día de descanso obligatorio.
- Día de la Revolución: El tercer lunes de noviembre se celebra el Día de la Revolución, en honor al movimiento que derrocó al gobierno porfirista en 1910. Este día es un día de descanso obligatorio.
- El 1o. de diciembre de cada seis años: cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- Navidad: El 25 de diciembre es un día de descanso obligatorio para los trabajadores en México.
La legislación laboral mexicana establece siete días de descanso obligatorios para los trabajadores en México. Estos días están distribuidos a lo largo del año y tienen características especiales en cuanto a pago y remuneración en caso de trabajar en ellos.
Es importante
que los empleadores respeten estos días para garantizar el bienestar de
sus trabajadores y cumplir con la normatividad mexicana.También sera día no laborable aquellos que las leyes federales determinen las leyes electorales federales y locales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Los trabajadores y los patrones tendrán que acordar que parte del personal tendrá que trabajar y quien no, en caso de que sea necesario trabajar esos días, aquellos trabajadores obligados a presentarse a realizar sus sus actividades laborales se harán acreedores a un salario doble según el articulo 75 de la ley federal del trabajo.
Los trabajadores y los patrones tendrán que acordar que parte del personal tendrá que trabajar y quien no, en caso de que sea necesario trabajar esos días, aquellos trabajadores obligados a presentarse a realizar sus sus actividades laborales se harán acreedores a un salario doble según el articulo 75 de la ley federal del trabajo.