Derechos Personales,

Derechos personales, son aquellos que solamente pueden reclamarse por determinadas personas facultadas para esto por una disposición juridica.

Es posible confundirlo con el cencepto de derecho real en cuanto a su estructura; mientras lo que caracteriza al derecho real es una relación jurdica de tipo "sujeto-objeto", a los derechos personales los caracteriza una relación entre sujetos.