Personas de derecho privado

Las personas de derecho privado son asociaciones y fundaciones (tienen por objeto el bien común, poseen un patrimonio propio y no subsisten exclusivamente por asignaciones del Estado, son capaces por sus estatutos de adquirir bienes y han obtenido autorización para funcionar), las sociedades civiles y comerciales (tienen capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones aunque no requieran de autorización expresa del Estado para funcional) y las simples asociaciones (aquellas que no cuentan con autorización para funcionar)