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Sanción y coacción.

Para que las normas jurídicas cumplan con su fin social es necesario que de no cumplirse tengan determinadas consecuencias legales, a estas consecuencias se les denomina sanción.

Podemos definir la sanción como la consecuencia jurídica negativa que nace del incumplimiento de una disposición legal. A la norma que tiene como objeto señalar en que consistirá la sanción se le denomina norma sancionadora, por lo que tiene un carácter secundario, contrario de la norma sancionada que es de carácter primario.

Existen otras consecuencias que se generan en caso de presentarse inobservancia de la norma que no son una sanción como por ejemplo la legítima defensa, y la rescisión del contrato de trabajo por causas imputables al trabajador.

Una de las clasificaciones que abordan el concepto de sanción, organizan sus tipos en razón de la rama del derecho de la que derivan, por lo que distingue entre sanción civil, penal, fiscal administrativa, etc. Otra clasificación se hace atendiendo a la finalidad que persiguen y a la relación entre la conducta ordenada por la norma infringida la que constituye el contenido de la sanción.

Se entiende por Coacción a la aplicación forzada de la sanción por parte de las autoridades. A modo de ejemplo cuando el juez dicta sentencia condenando a un deudor a liquidar el monto adeudado, entendemos que el juez impuso una sanción, siempre y cuando el deudor la cumpla voluntariamente, pero si no es así, el actor tiene derecho a exigir que la sanción se imponga mediante el uso de la fuerza publica, en este caso estamos frente ala figura de la coacción.

La coacción es la principal herramienta que tiene el Estado para establecer su poder normativo, y es el único capaz de utilizar la violencia legitima manifestada mediante el poder público, el cual usara para imponer una determinada disposición legal.

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