Por sus consecuencias:
- Reversible. La afectación dura el tiempo que dura la pena, pero después el sujeto recobra su situación anterior, y las cosas vuelven al estado en que se encontraban, por ejemplo, la pena pecuniaria.
- Irreversible. La afectación derivada de la pena impide que las cosas vuelvan al estado anterior, por ejemplo, pena corporal o de muerte.
- Principal.- Es la que impone el juzgador a causa de la sentencia; es la pena fundamental.
- Accesoria.- Es la que llega a ser consecuencia directa y necesaria de la principal.
- Complementaria.- Es adicional a la principal y deriva también de la propia ley.
- Correctiva. Es aquella que procura un tratamiento readaptador para el sujeto.
- Intimidatoria o preventiva. Es aquella con la cual se trata de intimidar o inhibir al sujeto para que no vuelva a delinquir; funciona como prevención.
- Eliminatoria. Es la que tiene como finalidad eliminar al sujeto ya sea de manera temporal (prisión) o definitiva (capital).