Ir al contenido principal

Clasificación de las fuentes de las obligaciones

En la doctrina francesa encontramos clasificaciones dualistas prepuestas por Planiol y Bonnecase mientras que otros autores como Braudy Lacantinierie enumeraran distintas fuentes autónomas, sin comprender que las mismas quedan incluidas en una clasificación más general, que se funde en grandes grupos.

Clasificación Dualista de Planiol
Su teoría se fundamenta en que las obligaciones sólo pueden ser creadas por la ley o por el contrato. Consideró que cuando las partes no crean libremente sus derechos y obligaciones mediante el contrato, es la ley la que interviene, tomando en cuenta un hecho jurídico determinado, para crear distintas consecuencias de derecho.

Clasificación de Bonnecase
Este jurista, siguiendo su tesis general respecto a la función del hecho y del acto jurídicos, considera que las dos únicas fuentes de las obligaciones son respectivamente el hecho jurídico y la ley y el acto jurídico y la ley

“El acto y el hecho jurídicos tienen sólo una función: poner en movimiento una regla de derecho o una institución jurídica. Precisamos también que esta noción era idéntica, con la salvedad de que mientras el autor del acto jurídico tiende directamente y en forma reflexiva a la aplicación de una regla de derecho, el autor del hecho jurídico la sufre. Pero la función así considerada, del acto y del hecho jurídicos, es una función inmediata e invariable: Además de esta función, rigurosamente necesaria y abstracta, tienen funciones mediatas y contingentes que se traducen por el nacimiento de diversas situaciones jurídicas”.

Braudy-Lacantinierie,
Distingue como fuentes de las obligaciones, el contrato, la declaración unilateral de voluntad y La Ley. No acepta la clasificación tradicional que siguiendo al Código Civil francés distingue: El Contrato y el cuasicontrato, el delito, el cuasidelito y la ley.

Colin y Capitant
Distinguen las siguientes fuentes de las obligaciones: Contrato, Promesa unilateral, Actos ilícitos, Enriquecimiento injusto y Gestión de negocios. Estos autores se caracterizan por rechazar la idea del cuasicontrato y del cuasidelito.

Comprenden bajo la denominación general de actos ilícitos, los delitos y cuasidelitos y en cuanto a los cuasicontratos, prefieren distinguir como fuentes autónomas el enriquecimiento injusto y la gestión de negocios.

Entradas más populares de este blog

Cheque para abono en cuenta.

¿Que es el cheque para abono en cuenta? Es la colocación de estas palabras en el documento y significa que el cheque no puede ser pagado en efectivo, sino solamente puede ser depositado en una cuenta (de cualquier banco) a nombre del beneficiario.  ¿Que función tiene el cheque para abono en cuenta? En caso de robo o extravío no podrá cobrarlo persona alguna que no sea el beneficiario en la cuenta y nombre señalados, pues solamente la persona indicada en el documento puede hacer valido el cheque. ¿Que características tiene? Al contrario que el cheque cruzado este no puede ser negociable, con lo cual tendrá la seguridad de que este cheque no será pagado en efectivo por el banco, sino que sólo se podrá abonar su importe en la cuenta del beneficiario. Una vez que la leyenda ”para abono en cuenta“ haya sido escrita en el cheque, ésta no se puede borrar o alterar, de lo contrario el documento no será valido para su cobro en el banco, por lo que es recomendable...

Pagaré domiciliado

La doctrina, con relación al pagaré domiciliado, distingue dos clases de domiciliación: La completa . En la que el nombre del domiciliatario acompaña a la designación del domicilio en que debe hacerse el pago.  Incompleta o simple.  cuando sólo consta un domicilio distinto al del obligado principal, para el pago del documento. Estas dos clases de domiciliación producen diversas consecuencias: Si la domiciliación es completa, el pagaré debe ser presentado para su pago al domiciliatario en el lugar señalado, y si éste no paga, el documento debe protestarse, dado que si se omite este requisito, se producirá la caducidad de las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el suscriptor. Si la domiciliación es simple, el título debe ser presentado para su pago al suscriptor en el domicilio señalado en el mismo, sin que sea necesario, en caso de incumplimiento de éste, protestar el título para que el tenedor conserve sus acciones y derechos contra el propio obligado pri...

Fuentes formales del derecho

Las fuentes formales del derecho son aquellas que establecen la creación, aplicación e interpretación de las normas jurídicas. Estas fuentes pueden variar según el sistema jurídico de cada país, pero en términos generales se reconocen las siguientes: La Constitución: Es la ley fundamental de un país y establece las normas y principios que rigen la organización del Estado y la relación entre los ciudadanos y el gobierno. La ley: Son normas dictadas por el poder legislativo y que tienen como objetivo regular las distintas materias que afectan a la sociedad. Las leyes pueden ser ordinarias o especiales. La jurisprudencia: Son las decisiones adoptadas por los tribunales y que establecen criterios interpretativos para resolver casos similares en el futuro. La jurisprudencia es una fuente formal del derecho cuando se convierte en una doctrina establecida por la repetición de criterios de varios tribunales. Los tratados internacionales: Son acuerdos entre dos o más países que establecen ...