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Delitos Electorales.

Cometen delitos electorales aquel individuo o individuos que atentan contra los principios de objetividad, transparencia, igualdad y libertad, que han de regir un sistema electoral democrático.

Bien Jurídico Tutelado.
El bien jurídico protegido de los delitos electorales es la libre organización y realización de los procesos electorales para elegir a los titulares del un cargo publico, el bien jurídico tutelado es el sufragio y sus características de universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible, así como velar por el debido funcionamiento de los órganos electorales.

Sujetos.
  • Sujeto Activo.Pueden ser todas las personas físicas mexicanas o extranjeras que pretendan obstaculizar o entorpecer el desarrollo del proceso electoral o relacionadas con el proceso electoral.
  • Sujeto Pasivo. Es todo aquel ciudadano mexicano que en goze de sus garantías constitucionales y que es privado injustificadamente, manipulado o coaccionado para poder emitir el sufragio a favor de un determinado candidato o partido político.
Objetos.
Objeto Material.
 En esta fracción se advierten como objetos materiales los mismos electores a
quienes se obstaculiza o interfiere el derecho a votar libremente; también lo serán los paquetes y documentos electorales respecto de los cuales se impide o interfiere su traslado o entrega, así como los funcionarios electorales quienes no pueden realizar sus actividades por las mencionadas conductas.

Objeto Juridico
Son los principios rectores de la función electoral, en donde se pretende impedir la lesión o puesta en peligro de éstos y de su eficacia, evitando con ello el descrédito de las instituciones encargadas de la renovación del poder público.


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