Enriquecimiento Ilícito

Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor publico no pudiere acreditar el legitimo aumento de su patrimonio o la legitima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño, en los términos de la ley federal de responsabilidades de los servidores públicos.

Sujetos.
  • Sujeto Activo: Determinado y calificado: persona que a ocasión o como consecuencia del desempeño de un cargo publico haya aumentado injustificadamente su patrimonio; funcionarios o empleados que manejen fondos del Banco Central, del Sistema de Crédito de Fomento y Comerciales y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
  • Sujeto Pasivo: El Estado o Administración Pública.
Consumación.
Se ha determinado diferentes clases de consolidarse el enriquecimiento ilícito y que puede determinarse en actos voluntarios del implicado como lo es de recibir patrimonio de otro del cual se reflejara en la disminución de su patrimonio, también se puede dar cuando se adquiere dineros de un fondo, organismo o similares sin la correspondiente licitud, o por error aparente el patrimonio se ve aumentado sin necesidad de realizar ningún acto; de todas formas en cualquiera de los casos se debe demostrar su procedencia.