Requisitos para constituir una Sociedad Mercantil.

De acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los artículos 5, 6, 89, 90 y 91 de la ley establecen los requisitos necesarios para constituir una Sociedad Mercantil.

El Artículo 5 establece que las sociedades deben constituirse mediante escritura pública ante notario y cualquier modificación posterior también debe ser registrada en este documento. El notario no podrá autorizar la escritura si los estatutos o modificaciones son contrarios a las leyes mercantiles.

El Artículo 6 establece que la escritura constitutiva de una sociedad debe contener información detallada, como los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyen la sociedad, el objeto de la sociedad, su razón social o denominación, su duración, la cantidad de capital social, la forma en que se administrará la sociedad y se distribuirán las utilidades y pérdidas, entre otros requisitos.

El Articulo 6 Señala que la escritura constitutiva de una sociedad deberá contener:
  • Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad; 
  • El objeto de la sociedad; 
  • Su razón social o denominación; 
  • Su duración, misma que podrá ser indefinida; 
  • El importe del capital social; 
  • La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije; 
  • El domicilio de la sociedad; 
  • La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores; 
  • El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social;
  • La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la  sociedad; 
  • El importe del fondo de reserva; 
  • Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente, y 
  • Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente.

Requisitos para formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada
  • Denominación o razón social.
  • Señalar quienes serán los socios.
  • Redacción de los estatutos sociales.
  • Acude ante el notario o corredor público para formalizar la constitución.
  • Obtén los permisos y licencias necesarios para empezar las operaciones.
Requisitos para constituir una sociedad anónima.
La sociedad anónima puede constituirse por la comparecencia ante Notario, de las personas que otorguen la escritura social, o por suscripción pública.

Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere:
  • Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos; 
  • Que el contrato social establezca el monto mínimo del capital social y que esté íntegramente suscrito; 
  • Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario, y 
  • Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario. 
La escritura constitutiva de la sociedad anónima deberá contener, además de los datos requeridos por el artículo 6º, los siguientes:
  • La parte exhibida del capital social; 
  • El número, valor nominal y naturaleza de la acciones en que se divide el capital social, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 125; 
  • La forma y términos en que deba pagarse la parte insoluta de las acciones; 
  • La participación en las utilidades concedidas a los fundadores; 
  • El nombramiento de uno o varios comisarios; 
  • Las facultades de la Asamblea General y las condiciones para la validez de sus deliberaciones, así como para el ejercicio del derecho de voto, en cuanto las disposiciones legales puedan ser modificadas por la voluntad de los socios.
Requisitos para constituir una sociedad en comandita por acciones:
  • Que existan dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos; en caso de que se integre únicamente por dos socios, éstos serán uno comanditado y el otro comanditario.
  • Que el capital social no sea menor de $50,000 y que esté íntegramente suscrito.
  • Que se exhiba en dinero en efectivo cuando menos el 20% del valor de cada acción pagada.
  • Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse con bienes distintos del efectivo.

Requisitos para constituir una sociedad por Acciones Simplificadas.
  • Nombre, documentos de identidad y domicilio de los accionistas.
  • Razón social seguida de las palabras “sociedad por acciones simplificadas” o sus siglas S.A.S.
  • Domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezca en el mismo acto de constitución.
  • Término de duración si éste no fuera indefinido.
  • Una enunciación clara y completa de las actividades principales de la sociedad.
  • El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que éstas deberán pagarse.
  • La forma de administración y el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores.