Ir al contenido principal

Derechos y obligaciones de las partes del fideicomiso.

Derechos y Obligaciones Fideicomitente
  • Señalar la finalidad del Fideicomiso.
  • Establecer al fideicomisario o fideicomisarios.
  • Reservarse ciertos derechos sobre la materia del Fideicomiso.
  • Organizar la formación de un Comité Técnico.
  • Exigir al fiduciario que cumpla la obligación de rendir cuentas.
  • De ser necesario exigir a la contraparte el cumplimiento o la rescisión del contrato. 
  • Transmitir al fiduciario los bienes y/o derechos materia del Fideicomiso.
  • Cumplir las obligaciones recíprocas de los derechos que nacen del contrato.
  • Cubrir los gastos originados por la firma, aceptación y administración del fideicomiso.
Derechos y Obligaciones Fiduciario.
  • Dar consentimiento para constituirse como una entidad fiduciaria.
  • Realizar todos los actos jurídicos correspondientes al contrato.
  • Tiene facultad para actuar en los juicios relativos al fideicomiso.
  • Negarse a actuar si lo que se le instruye esta fuera de Ley.
  • Revisar el acto constitutivo del Fideicomiso.
  • Cumplir con los fines del Fideicomiso, apegándose a los términos del mismo.
  • Realizar la contabilidad por separado para cada fideicomiso.
  • Conservar y mantener los bienes que integran el patrimonio.
  • Rendir cuentas las cuentas correspondientes.
  • Realizar sus actividades a través de Delegados Fiduciarios.
  • Guardar el secreto fiduciario.
Derechos y Obligaciones Fideicomisario.
  • Obtiene los derechos derivados por la propia naturaleza del Contrato y acuerdo entre sus partes.
  • Puede exigir al fiduciario el cumplimiento de los fines.
  • deberá pedir cuentas al fiduciario

Entradas más populares de este blog

Cheque para abono en cuenta.

¿Que es el cheque para abono en cuenta? Es la colocación de estas palabras en el documento y significa que el cheque no puede ser pagado en efectivo, sino solamente puede ser depositado en una cuenta (de cualquier banco) a nombre del beneficiario.  ¿Que función tiene el cheque para abono en cuenta? En caso de robo o extravío no podrá cobrarlo persona alguna que no sea el beneficiario en la cuenta y nombre señalados, pues solamente la persona indicada en el documento puede hacer valido el cheque. ¿Que características tiene? Al contrario que el cheque cruzado este no puede ser negociable, con lo cual tendrá la seguridad de que este cheque no será pagado en efectivo por el banco, sino que sólo se podrá abonar su importe en la cuenta del beneficiario. Una vez que la leyenda ”para abono en cuenta“ haya sido escrita en el cheque, ésta no se puede borrar o alterar, de lo contrario el documento no será valido para su cobro en el banco, por lo que es recomendable...

Fuentes formales del derecho

Las fuentes formales del derecho son aquellas que establecen la creación, aplicación e interpretación de las normas jurídicas. Estas fuentes pueden variar según el sistema jurídico de cada país, pero en términos generales se reconocen las siguientes: La Constitución: Es la ley fundamental de un país y establece las normas y principios que rigen la organización del Estado y la relación entre los ciudadanos y el gobierno. La ley: Son normas dictadas por el poder legislativo y que tienen como objetivo regular las distintas materias que afectan a la sociedad. Las leyes pueden ser ordinarias o especiales. La jurisprudencia: Son las decisiones adoptadas por los tribunales y que establecen criterios interpretativos para resolver casos similares en el futuro. La jurisprudencia es una fuente formal del derecho cuando se convierte en una doctrina establecida por la repetición de criterios de varios tribunales. Los tratados internacionales: Son acuerdos entre dos o más países que establecen ...

Pagaré domiciliado

La doctrina, con relación al pagaré domiciliado, distingue dos clases de domiciliación: La completa . En la que el nombre del domiciliatario acompaña a la designación del domicilio en que debe hacerse el pago.  Incompleta o simple.  cuando sólo consta un domicilio distinto al del obligado principal, para el pago del documento. Estas dos clases de domiciliación producen diversas consecuencias: Si la domiciliación es completa, el pagaré debe ser presentado para su pago al domiciliatario en el lugar señalado, y si éste no paga, el documento debe protestarse, dado que si se omite este requisito, se producirá la caducidad de las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el suscriptor. Si la domiciliación es simple, el título debe ser presentado para su pago al suscriptor en el domicilio señalado en el mismo, sin que sea necesario, en caso de incumplimiento de éste, protestar el título para que el tenedor conserve sus acciones y derechos contra el propio obligado pri...