Clases de mandato

Segun el objeto encomendado.
Dependiendo del negocio que pueda celebrar el mandatario, puede el mandato ser general o especial.
Son generales:
  • Poderes generales para pleitos y cobranzas.
  • Poderes generales para administrar bienes.
  • Poderes generales, para ejercer actos de dominio
Son especiales cuando se trate de mandatos diferentes al antes mencionados y se confiera un bien a una o más personas, por una o más personas para uno o varios negocios determinados.

En nombre propio" o por cuenta ajena.
Cuando el mandatario obra en su propio nombre, el mandante no tiene acción contra las personas con quienes el mandatario ha contratado, ni éstas tampoco contra el mandante. El mandatario, salvo convenio celebrado entre él y el mandante, podrá desempeñar el mandato tratado en su propio nombre o en el del mandante. 


Atendiendo a sus efectos.
Puede haber mandato con representación o sin representación. En consecuencia, la representación no es de la esencia del mandato pues puede existir un mandato donde se desempeña título personal, pero en beneficio del mandante.