Adquisición y Acreditación de la Calidad de Ejidatario

Para adquirir la calidad de ejidatario es necesario que se otorgue mediante reconocimiento de asamblea, por enajenación legal de derechos parcelarios o mediante resolución jurisdiccional del tribunal agrario.

La calidad se acredita con el certificado parcelario o el de derechos comunes o con la sentencia del tribunal agrario, en los dos primeros casos no será suficiente el acuerdo de asamblea para perfeccionar dicho carácter, sino que se deberá continuar con el procedimiento de inscripción del acuerdo del registro agrario.