El Reglamento Interno del Ejido

El Reglamento Interno es el documento en que se dispone como funcionara internamente, este ordenamiento sera considerado de carácter obligatorio y la agresión de alguno de sus principios tendrá como consecuencia una sancion señalada por el mismo reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.

La elaboración del Reglamento Interno es responsabilidad del propio ejido. La asamblea puede designar a las personas que se encarguen de elaborar un proyecto de reglamento que sea puesto posteriormente a consideración de la Asamblea, y que  puede ser:

a) Una comisión de ejidatarios,
b) El comisariado ejidal o el consejo de vigilancia, o
c) Cualquier persona ajena al ejido

La Procuraduría Agraria, podrá asesorar a los ejidos que lo soliciten, en la formulación o elaboración de su reglamento interno.

La Asamblea del ejido es la única instancia facultada para aprobar el Reglamento Interno del Ejido, así como también de aprobar cualquier modificación que en él se realice.

El Reglamento Interno del ejido, así como sus modificaciones que se realicen, según el artículo 10 de la Ley Agraria deberán inscribirse en el Registro Agrario Nacional y/o en sus Delegaciones en los estados.

El artículo 10 de la Ley Agraria señala que el Reglamento Interno deberá contener:

Las bases generales para la organización económica y social del ejido que se adopten libremente.
Los requisitos para admitir nuevos ejidatarios.
Las reglas para el aprovechamiento de las tierras de uso común.
Las demás disposiciones que marca la Ley y las que el ejido considere conveniente incluir
Es necesario realizar cada uno de los elementos que la ley plantea, con el fin de facilitar la elaboración del Reglamento Interno en cada uno de los ejidos del país.

Las bases para la organización económica del ejido dependerán de las actividades económicas que el ejido desarrolle y de la manera como estén organizadas, iniciando con el régimen de explotación de las tierras ejidales, que puede ser colectivo o individual, dependiendo de la decisión que haya sido tomada por el ejido.