Doble imposición inconstitucional

Se denomina doble tributación cuando dos o más Estados o entes soberanos ejercen su potestad tributaria sobre los mismos hechos generadores de una contribución. La simultaneidad de la carga tributaria puede dar lugar a la doble tributación lo cual representa una problemática para el derecho fiscal, principalmente en el tema la inversión extranjera, así como al desarrollo del comercio de
servicios, transferencias de tecnología y la movilidad del trabajo.

Los efectos de esta figura tributaria surgen porque dos o mas Estados o ámbitos de gobierno consideran legal establecer obligaciones a los contribuyentes que encuadran en un hecho generador del tributo y que además tienen la capacidad contributiva suficiente para cumplir con la obligación tributaria.

La doble tributación se puede manifestar a dos distintos niveles:
  • Interno. Para solucionar este supuesto generalmente, se hace uso de la coordinación fiscal.
  • Externo. Se manifiesta a través de dos maneras:
    • Las reglas del acreditamiento
    • La firma de convenios, entre los Estados, más conocidos como los tratados internacionales en materia fiscal
La coordinación fiscal tiene como objetivo armonizar el ejercicio de las facultades tributarias, lo cual
esta directamente influido por la forma de administración territorial del Estado, en el caso de
México organización política federal. Las entidades y la Federación gravan a un mismo sujeto por el
mismo objeto, por lo que las entidades no pueden incorporar gravámenes sobre las fuentes de riqueza
que son objeto de tributación por parte del nivel federal.