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Efectos jurídicos de los impuestos

La consecuencia directa del pago del impuesto es la extinción temporal de la obligación, que se originara de nuevo al realizar una actividad, operación o movimiento sujeto a gravamen o en su caso se cumpla el plazo para que el Estado tenga el derecho de se exigir a los contribuyentes el pago de un impuesto. Sin embargo el incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes tendrá diferentes efectos jurídicos según el supuesto que se actualice, y da pie a que se pueda imponer una sanción según lo previsto en la legislación tributaria.

Los efectos derivados del incumplimiento en el pago de impuestos son:

La Elusión.
Existe cuando un ciudadano que tiene la obligación de pagar, evita realizar las contribuciones que le corresponden, aprovechando las lagunas o errores de la ley.

La Evasión.
Consiste en sustraerse al pago de las contribuciones ilegalmente, es decir d manera contraria a la ley. Se puede manifestar en dos formas:
  • El contrabando. Se presenta cuando se introducen o extraen del país mercancías, omitiendo el pago total o parcial de los impuestos que deben cubrirse.
  • La defraudación fiscal. Se actualiza esta figura cuando se omite de forma parcial o total el pago de una contribución. o cuando se obtiene algún beneficio indebido en perjuicio del fisco, utilizando el engaño, el error o la mala fe.

Todas las figura mencionadas anteriormente se encuentran tipificadas y sancionadas en la legislación tributarias, dentro del apartado delito fiscales, por lo que de encontrarse el contribuyente en uno de los supuestos descritos podría hacerse acreedor de sanciones económicas.

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