Exención de la obligación fiscal

En el derecho fiscal el concepto de exención hace referencia a los efectos jurídicos que nacerán en determinados supuestos, donde aunque se acredite el hecho imponible, no tiene como consecuencia el nacimiento de la obligación tributaria de pago, por lo que la exención constituye una excepción a los efectos jurídicos que nacen de los hechos que dan vida a la relación tributaria. Para que la exención fiscal sea posible, es necesario que existan dos normas, una norma tributaria que especifica el hecho imponible, lo cual da origen a la obligación tributaria, y otra que tendrá la característica de eliminar los efectos de la norma anterior, por lo que evita que se desarrollen los efectos que surgen en consecuencia del hecho imponible o evitando que se apliquen a determinados sujetos.

En cualquiera de las hipótesis anteriores para que exista la exención tributaria es necesario que se verifique el hecho imponible del tributo, por lo que en principio nacerá la obligación, sin embargo, no llega a producir los efectos jurídicos de la misma, gracias a la norma de exención.