Sujeto pasivo de la obligación tributaria

El sujeto pasivo de la obligación tributaria es la persona ya sea física o moral al que la ley le impone una obligación de satisfacer una prestación determinada en favor del Estado, esta obligación puede afectar a un tercero o bien establecerse directamente a un individuo.

Analizando al sujeto pasivo de la obligación tributaria, podemos observar que la carga no afecta siempre al sujeto a quien la ley impone el pago del tributo, sino que existen supuestos en un tercero quien ve afectado su patrimonio por el cumplimiento de la obligación fiscal. Cuando se presenta esta situación estamos frente a la figura de traslación del tributo.

Para comprender mejor el concepto es necesario distinguir al sujeto que dio origen al hecho generador del tributo del tercero que tiene responsabilidad del pago, por lo que al primero lo denominaremos deudor o responsable directo y al segundo deudor o responsable indirecto.

La razón para obligar a un tercero que no forma parte de la relación tributaria a extinguir el adeudo, comúnmente nace de una relación directa entre el el deudor directo y el deudor indirecto, por ser sucesor de otra persona; o del incumplimiento de una obligación legal.

Como ejemplos donde se presenta la traslación del tributo por parte del sujeto pasivo se encuentra el deber que tiene el representante de un menor de que los tributos causados por éste sean cubiertos o el patrón que tiene la obligación de pagar respecto a los tributos generados por sus empleados.

Causas que originan su responsabilidad.
Nace por encuadrarse al individuo en una de las hipótesis normativas que actualizan las obligaciones fiscales, solo o en conjunto de otras personas; que ya sea por que haya sustituido al deudor original, voluntariamente o por orden de la ley; o por el incumplimiento de una obligación que la ley impone y que trajo como consecuencia la evasión total o parcial del pago del tributo, por parte del que le dio nacimiento y de la misma forma por haber adquirido un objeto que se encuentra afectado por un gravamen no cubierto por el deudor original.