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Principio de estricto derecho

El principio de estricto derecho señala que el juez de amparo tiene la obligación de analizar el acto reclamado, observando los argumentos que presente la parte afectada, por otra parte este mismo principio faculta al afectado para presentar todos aquellos argumentos que considere necesarios para demostrar la inconstitucionalidad del acto reclamado.

Encontramos una excepción a este principio en el supuesto de la suplencia de la queja, donde el juzgador de amparo, tendrá como obligación analizar el acto reclamado, y si este es contrario a derecho, declarar su inconstitucionalidad, independientemente de los argumentos presentados por el quejoso.

La suplencia de la queja se presentan en caso de que se reclamen leyes declaradas inconstitucionales o su aplicación, en materia penal, a favor del reo, en materia agraria, en materia laboral, a favor del trabajador, a favor de menores e incapaces y en otras materias, cuando haya habido una trasgresión a la ley.

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