Pseudopositivismo o positivismo ideológico

El positivismo ideológico o pseudopositivismo es una corriente que establece que los propios criterios formales evaluatorios del derecho tienen consecuencias tanto jurídicas como morales. La idea principal de esta teoría es que la existencia del Derecho, independientemente de su fuente o naturaleza, implica la existencia de un mínimo de justicia y por tanto genera implicaciones morales. Existen dos tesis fundamentales que sustenta esta corriente:

La primera indica que el derecho es fuente de seguridad a nivel personal, basándose en el libre albedrío y en el conocimiento del individuo de las consecuencias de sus acciones; describe el derecho como un componente indispensable para la moralidad. Una vez establecido este criterio, el positivismo ideológico declara fundamental para la existencia de la moralidad que el derecho sea estrictamente obligatorio, declarando el principió "Dura Lex sed Lex" el cual debe ser respetado para alcanzar justicia y armonía social. Partiendo del punto anterior se observa al derecho como un ente natural, que por el solo hecho de existir ya es justo. Esta corriente describe la noción de derecho como el conjunto de normas que se aplican coactivamente y derivan de autoridades legítimas. 

La segunda tesis indica que la ley debe ser obedecida de forma incondicional, y que el derecho por su misma naturaleza es justo y tiene una condición de obligatoria, para esta corriente los valores morales se reflejan en los valores jurídicos y en consecuencia no debe existir contradicción alguna entre derecho y moral y los juzgadores tienen la obligación jurídica y moral de aplicar las normas sin cuestionarse si la norma es moral o injusta.