A quo

La expresión en latín a quo, es utilizada en las ciencias jurídicas para describir el principio de un período de tiempo, de un proceso o acto procesal. En derecho civil y mercantil, la expresión “a quo” hace referencia al día desde el cual se calculan los plazos de prescripción, en términos procesales. Su significado puede traducirse literalmente como "desde el que" o "desde el cual".

Dies a quo y dies ad quem
La expresión "dies" puede traducirse como día o fecha. Entonces la expresión, "dies a quo" puede interpretarse como "fecha desde la que", es otras palabras, el momento inicial de un plazo, mientras que "dies ad quem", es la "fecha hasta la que", es decir, el momento final del plazo. Ambas expresiones latinas, se emplean frecuentemente para aludir a la fecha inicial y final de los términos en un contracto, de un plazo de prescripción o para delimitar efectos jurídicos que dependen directamente del tiempo, como, por ejemplo, los intereses.

La doctrina jurídica también utiliza estos términos para designar al "juez o tribunal a quo"(iudex quo) que describe al juez o tribunal contra cuya sentencia se ha interpuesto un recurso, y juez o tribunal ad quem (iudex quem) que hace referencia al juez o tribunal superior ante el que se recurre.

A quo ejemplos:
  • El juez a quo obró fundadamente al no tomar en consideración unas pruebas ofrecidas en la audiencia constitucional, dado que el artículo 78 de la Ley de Amparo, estatuye que el acto reclamado debe apreciarse tal como aparezca demostrado ante la autoridad responsable.
  • Si el Juez a quo omite referirse en su sentencia a alguna de las cuestiones planteadas en la litis, y el interesado no impugna esta omisión en la apelación, debe estimarse que la consiente.
A quo en una oración:
El año 2001 es el año a quo en que comenzó la tradición universitaria”.

Definición Real Academia Española (RAE)
a quo
Loc. lat.; literalmente 'desde el cual'.
  • 1. loc. adj. Que marca el principio de un período de tiempo, de un proceso, etc. 1552 es el año a quo de esta obra.
  • 2. loc. adj. Der. Dicho de un juez o de un tribunal: De cuyo fallo se parte en la apelación a otra instancia superior.