Actio redhibitoria

La actio redhibitoria tiene como objetivo cancelar una venta, en razón de la existencia de defectos en la cosa vendida. Esta figura otorga al comprador la facultad de exigir una restitución de la cosa vendida, con sus productos y accesorios, o para devolver al comprador el precio, con intereses, como compensación. Se considera una acción honoraria mediante la cual se extingue un negocio jurídico concreto, devolviendo al comprador lo pagado y al vendedor la cosa.

Esta acción es el mecanismo jurídico que el comprador de bienes puede ejercitar, para anular un contrato de venta y solicitar la devolución del precio pagado, o contra la devolución del artículo porque el artículo vendido tiene un defecto que no permite que cumpla con su fin, o porque el artículo no satisface de forma material las exigencias que el vendedor espera del bien, producto o servicio pactado.

La acción redhibitoria se actualiza en aquellas situaciones en las que existen vicios ocultos en el bien objeto de compraventa. Ante este tipo de supuestos, se le concede al comprador la facultad de ejercitar esta acción.

En algunas legislaciones la acción redhibitoria exige demostrar la existencia dolo, es decir, que el vendedor actuó de mala fe. Esto significa que el vendedor tenia conocimiento de los defectos de la cosa y que decidió no manifestarlo antes de que tuviese lugar la compraventa. También es importante señalar que esta acción quedará inhabilitada en un tiempo determinado por la ley, contándose a partir de la entrega de la cosa vendida