Ad avizandum

Ad avizandum, es un termino en latín que puede traducirse como "para mas consideracion", describe el tiempo solicitado por un juez para considerar la sentencia antes de un juicio. Es la decisión de un juez o tribunal para considerar un caso en privado antes de emitir una sentencia. En este plazo se demora la sentencia en circunstancias particulares, un juez o tribunal lleva el caso ad avizandum cuando se necesita tiempo para considerar los argumentos o presentaciones hechas, atendiendo las particularidades que hagan necesario, tener consideraciones especiales, antes de emitir una decisión judicial.

La Encyclopaedia of the Laws of Scotland (1909) declara que avizandum es "El término empleado cuando la Corte se toma más tiempo para considerar una causa, en lugar de pronunciar una decisión inmediata sobre ella. Se dice que el Tribunal 'toma el caso ad avizandum' o 'hace avizandum del caso'.

Esta palabra latina es uno de los muchos términos legales escoceses que no se escucha en los tribunales ingleses. Lo encontramos en documentos de principios del siglo XVII. por ejemplo en el Diario de Sir Archibald Johnston de Wariston (1639) registra que "El rey fue a un aviso privado".