Addictio in diem / Aditio a die

Addictio in diem es un termino en la latín que hace referencia a la condición que impone un vendedor al comprador, mediante la cual es posible anular la compraventa si dentro del plazo convenido consigue otro mejor precio o condiciones por la cosa. A la aceptación por parte del comprador se le denomina aditio a die.

Es llamado pacto al mejor comprador, y su función es permitir que el vendedor pueda disolver un contrato perfeccionado en caso de que se presente otro comprador que ofrece mejor precio o condiciones, siempre y cuando no sean igualadas por el primer comprador. Una de las condiciones a mejorar mas comunes es el plazo de pago. En la addictio in diem las mejoras en la oferta funcionan como condición resolutoria de la primera venta.

El Addictio in diem tiene las siguientes características:
  • El pacto fijará el tiempo en el cual puede el vendedor ejercer ese derecho. 
  • Puede condicionarse como condición suspensiva, aunque lo mas común es que se presente como condición resolutoria. 
  • El aumento de precio ha de estar referido al estado en que la cosa se encontraba al ser adquirida por el primer comprador, no a las mejoras por él introducidas.
  • Resuelto el contrato, el vendedor recobrará la cosa con todos los frutos, estando obligado a devolver el precio con sus intereses legales, y a abonar las mejoras introducidas y los gastos de producción.
  • La oferta para la nueva venta debe ser verdadera y seria.
La existencia del pacto in diem addictio implica su posible aplicación tanto a las compraventas seguidas de la entrega y completamente ejecutadas como a aquellas en las que se haya producido sólo la celebración del contrato, sin haber tenido lugar la tradición.